El sujeto
del
Derecho.
Persona
No se encuentra definida por la Constitución aunque sí por la ley.
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El artículo 55 del Código Civil, aludiendo a la persona natural, la define así: “Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, extirpe o condición la palabra persona hace referencia a un ser con poder de raciocinio que posee conciencia sobre sí mismo y que cuenta con su propia identidad
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En derecho, es todo ente que, por sus características, está habilitado para tener derechos y asumir obligaciones.
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Clasificacion de persona
Física
es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.
Moral
es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil
Diferencias entre personas
morales y personas Fisicas.
En las personas morales no puede haber incapacidad de ejercicio, toda vez que ésta depende exclusivamente de circunstancias propias e inherentes al ser humano, tales como la minoría de edad, la privación de la inteligencia por locura, idiotismo, o imbecilidad; la sordomudez unida a la circunstancia de que no se sepa leer ni escribir; la embriaguez consuetudinaria, o el abuso inmoderado y habitual de drogas enervantes.
En las personas morales su capacidad de goce está limitada en razón de su objeto, naturaleza y fines. Podemos formular como regla general la de que dichas entidades no pueden adquirir bienes o derechos o reportar obligaciones que no tengan relación con su objeto y fines propios.
Personalidad
La personalidad es un constructo psicológico, con el que nos referimos a un conjunto dinámico de características de una persona.
También es conocida como un conjunto de características físicas, sociales y genéticas que determinan a un individuo y lo hacen único.
Diferencia entre:
persona
personalidad
Y personalidad
jurídica
Persona: todo ser humano o en este caso ciudadano socialmente hablando.
Personalidad: Conjunto de caracteres y modalidades que diferencian a una persona de las otras.
Personalidad Juridica: Es la que cualquier persona puede ejercer contando con el pleno conocimiento de las leyes que nos regulan para respetar el estado de derecho en que vivimos.