Tipos de Autoría y Participación

La Autoría

Autor Directo o Material

Es quien domina la acción, será autor
directo o material quien realice el hecho
por sí solo.

Autor Mediato

Es quien se sirve de otra persona
para cometer el delito.

r

Esta figura se fundamenta en el dominio de la voluntad, de tal forma que requiere una relación de subordinación de quien actúa como instrumento - ejecuta el acto sin voluntad o sin consentimiento- y el hombre de atrás denominado autor de escritorio.

La subordinación puede
deberse a tres hipótesis: Por error,
Por coacción o
por dominio de la voluntad.

Coautor

Quienes actúen conjuntamente.
Para que dos o más sujetos actúen
conjuntamente y tengan el dominio
funcional del hecho se requieren dos
requisitos:

1.- Un elemento subjetivo
(división de las tareas o funciones
previamente acordadas).

2.- Una contribución esencial del coautor.

Autoría Indeterminada

Mediante esta forma de intervención
se busca resolver casos en los que a pesar
de estar claro que un determinado número
de sujetos intervinieron en la comisión de un
delito, no sea posible individualizar el daño
producido por cada uno de ellos.

Participación

r

Es participe quien, de alguna forma contribuye a la realización de un hecho.Kindhäuser afirma que "Participe es quien ayuda a otro a cometer un delito", de tal forma que el participe no realiza por sí mismo el tipo y tampoco tiene dominio del hecho.

Complicidad

Es cómplice quien, sin tener el dominio
del hecho, realiza un aporte no sustancial
para la comisión el delito.

La participación en los delitos especiales

para que un sujeto pueda ser imputado
como autor de un delito especial, debe
cumplir con una o varias características o
propiedades descritas en al ley (servidor
público o médico, por ejemplo).

Introductor o Instigador

La inducción consiste en "hacer surgir
en otro la resolución delictiva"

Para poder apreciar una inducción
resulta necesario la acreditación de
dos dimensiones, estas deben ser:

Directa

No puede depender de un tercero.

La acción del inductor debe estar dirigida
a una persona especifica.

solo es posible la inducción que este dirigida
a la comisión de un delito claramente identificado.

El dolo del inductor debe estar plenamente definido
respecto de un delito en particular.

Eficaz

La acción o influencia del inductor sobre el autor,
debe ser el origen de la resolución de este para
ejecutar el delito.

Encubrimiento

Para evitar la antinomia y armonizar el artículo
13 con el 400 del CPF. Si antes de cometerse el delito,
un individuo acepta encubrir al homicida y ocultar el instrumento del delito, aun cuando su comportamiento sea posterior, resulta participe del delito.