Garantizar pensión ante contingencias de invalidez, vejez y muerte
SUPEN
REGULA Y FISCALIZA EL RÉGIMEN DE PENSIONES
OPERADORAS DE PENSIONES
ADMINISTRAN FONDOS DE PENSIÓN COMPLEMENTARIOS
Se retira en forma de pensión una vez que la persona se jubila
RENTA VITALICIA
RENTA PERMANENTE
RETIRO PROGRAMADO
Obligatorio por ley
Trabajadores dependientes
18-02-2000
ANTES DE LA LEY
FONDO CAPITALIZACIÓN LABORAL
PARTE DE LA CESANTIA
3% DEL SALARIO
1.5% FCL
DEFUNCIÓN
JUBILACIÓN
EXTINCIÓN LABORAL
QUINQUENIO
1.5% SE TRASLADA AL ROP
SISTEMA PENSIONES DESPUÉS DE LEY PROTECCIÓN AL TRABAJADOR
II PILAR
RÉGIMEN OBLIGATORIO PENSIONES COMPLEMENTARIAS (ROPC)
0.25% AHORRO PATRONO BP
1% AHORRO OBRERO BP
1.5% TRASLADO FCL
1.5 % PATRONO
FONDOS COLECTIVOS CREADOS POR LEYES ESPECIALES
PLANES INSTITUCIONALES
ICT
BCAC
BCR
VENDEDORES LOTERIA
ICE
BNCR
I PILAR
RÉGIMEN BÁSICO
PODER JUDICIAL
MAGISTERIO NACIONAL
CCSS
IV PILAR
RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO
Régimen solidario
REQUISITOS
Menor 65 años
Indigentes
Viuda 55 a 65 años en desamparo económico
Menor edad huérfano de ambos padres
Discapacidad que le impida trabajar
Mayor 65 años
Condición de pobreza
FINANCIAMIENTO
20% INGRESOS DE FODESAF
CARACTERISTICAS
INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
BENEFICIO FIJO 78.000 COLONES
NO HAY COTIZACIÓN
III PILAR
RÉGIMEN VOLUNTARIO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS (RVPC)
RETIRO ANTICIPADO
66 MESES PERMANENCIA
66 APORTES
BENEFICIOS FISCALES
CARGAS SOCIALES
RENTA
Complemento a la pensión
Independientes
Asalariados