ALMACENES GNERALES DE DEPOSITO

La Asociación de Almacenes Generales de Depósito, A.C. (AAGEDE), es un órgano colegiado, fundado
en septiembre del 2004, con antecedentes desde el año de 1992, que agrupa a las principales almacenadoras del país.

Los almacenes generales de depósito podrán ser de tres clases:

I. Los que se destinen a recibir en depósito bienes o mercancías de cualquier clase y
realicen las demás actividades a que se refiere la LGOAAC, a excepción del
régimen de depósito fiscal y otorgamiento de financiamiento

II. Los que además de estar facultados en los términos señalados en la fracción
anterior, lo estén también para recibir mercancías destinadas al régimen de depósito
fiscal

III. Los que además de estar facultados en los términos de alguna de las fracciones
anteriores, otorguen financiamientos conforme a lo previsto en la LGOAAC,
debiendo sujetarse a los requerimientos mínimos de capitalización que al efecto

establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de

carácter general.

Entidades dedicadas al almacenamiento de bienes o mercancías bajo su custodia, amparados por certificados de depósito. Además, otorgan nanciamiento tomando como garantía los bienes bajo su custodia.

Tienen por objeto el almacenamiento, guarda o
conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías
bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certi cados de
depósito.

Asimismo

Nivel I.- exclusivamente para almacenamiento agropecuario y pesquero

Nivel II.- almacenamiento de bienes o mercancías de cualquier clase

Nivel III.- almacenamiento de bienes o mercancías de cualquier clase y mercancías destinadas al régimen de depósito scal

Nivel IV.- además de las actividades citadas en los niveles anteriores, otorguen nanciamiento con garantía sobre los bienes o mercancías recibidas en depósito.