ATENCION INTEGRAL A PACIENTES POR VIOLENCIA SEXUAL O DE GENERO

DERECHOS DE LA MUJER

VIVIR SIN DESCRIMINACION

CONDICIONES DE IGUALDAD

SER VALORADAS Y EDUCADAS SIN ESTEREOTIPOS

CONTRIBUIR EN EL DESARROLLO Y BIENESTAR DE LA SOCIEDAD

TODA AMENAZA O TODO ACTO DE VIOLENCIA, MOTIVADO POR LA CONDICION FEMENINA DE LA VICTIMA, QUE TENGA O PUEDA TENER COMO FIN UN DAÑO FISICO O SUFRIMIENTO SEXUAL O PSICOLOGICO O PRIVACION ARBITRARIA CONTRA LA LIBERTAD DE LA MUJER.

PRINCIPIO PROCESALES Y MARCO LEGAL

HORALIDAD

PROTECCION DE VICTIMAS

CONFIDENCIALIDAD

ASESORAMIENTO SOBRE PROTOCOLO

GRATUIDAD

EN NUESTRO MARCO LEGAL EXISTE UN CONJUNTO DE LEYES QUE ABOGAN POR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES, ENTRE LOS QUE RESALTA NUESTRA PROPIA CONSTITUCION LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA. Y EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. PRINCIPIO PROCESALES DE MARCO LEGAL

EL DERECHO DE LAS MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL O DE GENERO, A RECIBIR PLENA INFORMACION, ASESORAMIENTO ADECUADO A SU SITUACION PERSONAL POR LOS SERVICIOS QUE PRESTAN LOS ORGANISMO DE LA ADMINISTRACIONES PUBLICAS, CENTRAL, ESTATAL Y MUNICIPAL; LOS ANTERIORES ESTAN CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCION Y EN TODO LOS CONVENIOS Y TRATADOS INTERNACIONALES EN LA MATERIA