BIENESTAR AL APRENDIZ SENA Y REGLAMENTO DEL APRENDIZ

Plan integral del bienestar del aprendiz

Propósito del plan integral de bienestar al aprendiz

Alcance del plan integral de bienestar al aprendiz

Objetivos estratégicos del plan nacional de bienestar al aprendiz

Objetivo estratégico 1°

Desarrollo integral del aprendiz

Objetivo estratégico 2°

Impulsar a los estudiantes tengan una formación profesional

Objetivo estratégico 3°

Entregar con calidad y rapidez los beneficios del aprendiz

Derechos y Deberes puestos en la constitución

ARTICULO 54

Obligación del estado y de los empleadores de ofrecer una formación profesional y integral.

ARTICULO 67

La educación es un derecho de la persona y un servicio publico que tiene una función social.

ARTICULO 366

Dice que el bienestar social y el mejoramiento de vida del pueblo es responsabilidad del estado.

LEY 115 ARTICULO 1°

Dice que la educacion es un proceso de formacio permanente tanto personal, social,cultura y integral.

DECRETO 249 ARTICULO 4°

Establece que el SENA tiene la función de "Adoptar el pan integral de bienestar de los aprendices del SENA.

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
(SENA)

CONSIDERANDO

ARTICULO 67

La educación es un
derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social

la Ley 119 de 1994

El Sena, está encargado de cumplir la función que
corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores
colombianos

el artículo 4° de la Ley 119 de 1994

Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para
hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y
ecológicos

REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENA.

REGLAMENTO

ARTÍCULO 1°

desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y valores para el
desarrollo humano y la convivencia social, que le permiten a la persona actuar crítica y
creativamente en los contextos productivo y social, es decir, en el Mundo de la Vida.

ARTÍCULO 2°

En la Formación Profesional Integral participa la Comunidad Educativa
constituida por

Aprendices

Instructores

padres de familia o acudientes

Egresados

Personal

Administrativo y de apoyo

gremios de la producción y representantes de los

trabajadores

ARTÍCULO 3°

Se considera Aprendiz Sena a toda persona matriculada en los programas de
formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación

ARTÍCULO 4°

El Aprendiz Sena es protagonista de su formación profesional integral cuya
constante debe estar orientada a un buen ser humano y buen ciudadano, solidario, líder,
emprendedor, creativo y libre pensador con capacidad crítica.

ARTÍCULO 5°

El Centro de Formación Profesional que tenga el servicio de internado para
aprendices tendrá disposiciones específicas inscritas en el ámbito del presente Reglamento.

ARTÍCULO 6°

Cada Centro de Formación de acuerdo con sus condiciones y necesidades
propias, facilitará un debido proceso, con base en saber ser, convivir y habitar a través de un
acuerdo de convivencia

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA.

ARTÍCULO 7°

El derecho es la potestad que tiene el aprendiz de gozar de libertades y
oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad,
nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica.

ARTÍCULO 8°

ESTÍMULOS E INCENTIVOS. Son beneficios y distinciones que se
otorgan a los aprendices

DEBERES DEL APRENDIZ SENA.

ARTÍCULO 9°

Son deberes del Aprendiz Sena durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:

Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de
mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva.

Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o
actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.

PROHIBICIONES

ARTÍCULO 10°

Se considerarán prohibiciones para los Aprendices del Sena, las siguientes:

Fumar en áreas no permitidas en el centro de formación

Plagiar materiales

Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y del
Sena.

Realizar fraude en evaluaciones

Contribuir al desorden y/o al desaseo.

Obstaculizar el ingreso a las instalaciones de los Centros de Formación