CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES (Art. 653 - 668 CC)

Bienes corporales

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Cuentan con una existencia real que permite que sean percibidos por los sentidos. Ejemplo: una casa, un carro, un libro, una mesa.

BIENES MUEBLES

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"Son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a si mismas como los animales (que por ello se llaman semovientes), sea que solo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas" Articulo 655 CC

Fungibles

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Son bienes que se destruyen con su uso y pueden ser reemplazados por otros.Ejemplo: los alimentos, el dinero.

No fungibles

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Son bienes que no se destruyen con su uso y que no son suceptibles de ser sustituidos.Ejemplo: el cuadro de la mona lisa, una silla.

Por naturaleza

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Son aquellas cosas que se pueden mover de un sitio a otro. Si se mueven por si solas son muebles animados (semovientes), y si requieren un impulso externo que se da por medio de la inteligencia humana son inanimados (carro)

Por anticipación

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Son aquellos productos de los inmuebles y las cosas accesorias a ellos, por lo tanto antes de su separación ya se consideran muebles para construir el derecho en cabeza de una persona. Ejemplo: las yerbas de un campo, la madera, el fruto de los arboles, los animales de un vivar, la tierra o arena de un suelo, los metales de una mina y las piedras de una cantera.

Hechos debidos

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Son obligaciones de cumplimiento pendiente por ejecutar por la parte que incumple dicha obligación. Ejemplo: Ejecutar una obra convenida, resarcir o reparar los perjuicios causados por no ejecutar un convenio.

Derechos muebles

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Son aquellos derechos que recaen sobre bienes muebles. Ejemplo: Derecho de propiedad de un vehículo (derecho mueble) *Siempre se debe analizar principalmente EL OBJETO sobre el cual cae el derecho

Acciones muebles

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Igual que en los derechos, es importante mencionar que una acción es una facultad de impulsar una actividad jurisdiccional para hacer prevalecer y respetar un derecho que tengo a mi cabeza. Ejemplo: acción de restitución de tenencia de un vehículo.

BIENES INMUEBLES

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Conforme al articulo 656 del C.C., son aquellas cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas y las que se adhieren permanentemente a ellas como los edificios y los árboles. - EDITORIAL LEGIS. derecho civil bienes, (2018).

Por naturaleza

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Son aquellos bienes que no pueden moverse de un lugar a otro Ejemplo: los terrenos, las minas.

Por adherencia

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Son aquellos bienes que se adhieren permanentemente a la tierra. Ejemplo: las construcciones, los arboles.

Por destinación

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Son aquellos bienes que están permanentemente destinados al uso, cultivo y beneficio de un inmueble, así se puedan separar sin detrimento de él. Ejemplo: Las baldosas, los tubos,utensilios de labranza. etc

Derechos inmuebles

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Son aquellos derechos que recaen sobre bienes inmuebles.Ejemplo: Derecho de propiedad de una casa (derecho inmueble)*Siempre se debe analizar principalmente EL OBJETO sobre el cual cae el derecho

Acciones inmuebles

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Igual que en los derechos, es importante mencionar que una acción es una facultad de impulsar una actividad jurisdiccional para hacer prevalecer y respetar un derecho que tengo a mi cabeza.Ejemplo: Acción de pertenencia para que el poseedor se le denomine propietario de una casa.

Bienes incorporales

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Son aquellas cosas que no son percibidas por los sentidos.Ejemplo: Derechos personales, derechos reales, derechos inmateriales.

DERECHOS PERSONALES

DERECHOS REALES

-Dominio - Usufructo - Uso/habitación -Servidumbre -Herencia -Prenda - Hipoteca