CONTRATO DE TRABAJO
Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
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Cláusulas
Periodo de prueba
Tiempo en el que el empresario comprueba si el trabajador es apto. Su duración será: -2 meses: sin título -6 meses: titulados -1 mes: contratos< 6meses
Durante el periodo de prueba,
cualquiera de las dos partes
puede dar por finalizado el
contrato, sin alegar motivo ni
obligación de preaviso.
Categoria o grupo profesional
El convenio especifica las
condiciones para cada uno y
establece su salario mínimo o
base.
Horario de trabajo, salario y duración de vacaciones
TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO
INDEFINIDO
FIJO-DISCONTINUO
Es un tipo dentro de los contratos indefinidos, donde se aplica a aquellos trabajos que se repiten anualmente, pero solamente durante ciertos meses/periodos específicos.
Se utiliza en aquellos sectores que tienen una actividad laboral estacional.
Una empresa de recolección de uva emplea a una trabajadora durante la vendimia que tiene lugar cada año.
TEMPORAL
Contratos de trabajo con fecha de finalización establecida
DE OBRA O SERVICIO
Para realizar un trabajo de duración desconocida pero vinculado a un servicio específico.
Finaliza una vez que se acaba el proyecto, obra o servicio.
Una constructora contrata a alguien como albañil para construir un edificio de apartamentos.
Cuando la obra finaliza, es terminada, el contrato del albañil también finaliza.
POR CIRCUNSTANCIA DE LA PRODUCCIÓN
Se establece cuando hay un aumento específico durante una temporada de la carga de trabajo
La duración será hasta que pase el pico de demanda, o sea, es limitada.
Un centro comercial contrata a varias personas para que trabajen como dependientes durante el tiempo que dure la campaña de Navidad para poder atender la mayor demanda de clientes durante esa época.
DE INTERINIDAD
Se aplica para sustituir a un trabajador que tiene derecho a reincorporarse a su puesto.
También se aplica para cubrir de manera temporal una vacante mientras se busca a alguien a quien contratarde forma definitiva.
La duración será hasta que la persona se reincorpore o se encuentre a alguien para el puesto
Un hospital contrata a un enfermero provisional para reemplazar a otro que está de baja médica durante tres meses por un accidente de coche.
DE PRÁCTICAS
Utilizado para personas que tienen una titulación académica pero no experiencia laboral en el sector correspondiente.
El objetivo es ofrecer experiencia en el campo que sea.
Una empresa de ingeniería contrata a una recién graduada y titulada en ingeniería civil para que, durante seis meses, adquiera experiencia en proyectos de construcción.
DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE
Para personas que no tienen estudios titulados pero que desean formarse al mismo tiempo que trabajan.
Combinación de formación con actividad laboral.
Un concesionario de coches contrata a un joven aprendiz de 25 años para que se forme como mecánico mientras combina el trabajo y los estudios.
POR ETT
Se contrata al trabajador por una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) para que preste sus servicios en otra empresa de manera temporal.
Un almacén necesita cuatro mozos de carga, así que mediante una ETT se contratan para cubrir una semana de alta demanda.
DE RELEVO
Se aplica en el caso de que haya un trabajador que se jubila parcialmente, así que se contrata a otro trabajador para sustituir parcialmente.
Una administrativa se está jubilando de forma parcial y la empresa incorpora a una nueva empleada para cubrir esas horas en las que ella no va a estar.
DE GRUPO
Se contrata a un grupo de trabajadores en vez de ir de persona en persona.
Una empresa de jardinería firma un contrato con un grupo de trabajadores para que se encarguen del mantenimiento de los parques públicos de la ciudad.
CONDICIONES DE TRABAJO
Modificación
Movilidad funcional
Modificación, por parte de la empresa, de las funciones para las que fue contratado el trabajador
Tipos de movilidad
Horizontal
*Cambio de funciones: Cambio dentro del mismo grupo profesional.
* Requisitos: No hace falta justificar el motivo y informar al trabajador.
*Duración: Por tiempo indispensable o indefinido.
*Salario: Se mantiene el mismo salario.
Ascendente
*Cambio de funciones: cambio a un grupo superior.
*Requisitos: Justificar los motivos e informar al trabajador y a los representante de los trabajadores.
*Duración: Por tiempo indispensable, aunque se puede solicitar el ascendente definido.
*Salario: Salario nueve y superior.
Decendente
*Cambio de funciones: Cambio a un grupo inferior.
*Requisitos: Justificar los motivos e informar al trabajador y a los representantes de los trabajadores.
*Duración: Por tiempo indispensable.
*Salario: Se mantiene el mismo salario.
Movilidad geográfica
Desplazamiento o traslado de la persona trabajadora, cuando existen razones económicas, técnicas, organizativas o por razones de la producción que lo justifiquen.
Desplazamiento
*Cuanto tiempo: Períodos de menos de doce meses.
*Requisitos: Causas ETOP y preaviso con cinco días de antelación,si el cambio dura más de tres meses.
*Opciones de la persona trabajadora:
1. Aceptar el desplazamiento. Se le debe abonar todos los gasto, además de cada tres meses tendrá un permiso retribuido de cuatro días.
2. Negarse y extinguir el contrato, sin derecho a una indemnización ni prestación por desempleo.
3. Recurrir a un juzgado. Mientras esperas la sentencia, tienes que desplazarte. La sentencia declarara si el desplazamiento esta justificado o no , que en cuyo caso se revierte el cambio.
traslado
*Cuanto tiempo: Cambio definido o superior a un año.
*Requisitos: Causas ETOP y preaviso de 30 días.
*Opciones de la persona trabajadora: Igual que en el desplazamiento, pero, en este caso no se extingue el contrato de trabajo y si tiene prestación por desempleo y indemnización
Sustancial
Puedes afectar a estos aspectos:
HORARIOS
JORNADA
RÉGIMEN DETRABAJO A TURNOS
SISTEMA DE REMUNERACIÓN FUNCIONAL
CUANTÍA SALARIAL
SISTEMA DE TRABAJO
RENDIMIENTO
FUNCIONES QUE EXCEDAN LOS LÍMITES DE LA MOVILIDAD FUNCIONAL.
*Requisitos: Causas ETOP y un preaviso de 15 dias de antelación.
*Opciones de la persona trabajadora:
1. Aceptar el cambio.
2. Negarse y extinguir el contrato, con indemnización y prestación por desempleo.
3. Recurir al juzgado de lo social. Mientras esperas la sentencias, tienes que acatar ordenes.
Suspensión
La persona trabajadora no acude al trabajo, pero tampoco recibe su salario.( en algunos casos pueden cobrar de la seguridad social).
Causas
INCAPACIDAD TEMPORAL
*Baja médica, con duración máxima 12 meses.
*Se cobra a prestación de la seguridad social.
NACIMIENTO Y CUIDADO DE UN MENOR
*Suspensión de 16 semanas (Tanto padres como madres).
*Se cobra a prestación de la seguridad social.
CIERRE PATRONAL
*Peligro de violencia a personas o bienes materiales.
*Ocupación ilegal del centro de trabajo por los huelguistas.
*Insuficiente plantilla para realizar la actividad normal.
RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O PROBLEMAS EN LA LACTANCIA.
La empresa debe proporcionar un puesto seguro;si no sucede, se suspende el contrato y cobra una prestación hasta el día del parto o en caso de la lactancia, durante 9 meses.
Requisitos de la huelga
*Convocado por sindicato o la mayoría de trabajadores.
*Avisar a la empresa y a la autoridad laboral,5 días antes, especificando los motivos.
*Designar un comité de huelga para negociar con la empresa.
*Cumplir con los servicios mínimos.
LA EMPRESA NO PUEDE:
* Sustituir a los trabajadores huelguistas por nuevos trabajadores.
* Sancionar a los huelguistas.
* Preguntar quienes van a ir a la huelga.
Excedencia
Suspensión del contrato de larga duración, solicitada por el propio trabajador. Período en donde no se cobra salario, ni prestaciones.
VOLUNTARIA
Por necesidad del trabajador( al menos 1 año de antigüedad).
Duración: entre 4 meses y 5 años.
No hay reserva del puesto.
FORZOSA
Haber sido elegido para un cargo público y esto imposibilite realizar su trabajo.
Tendrá vigencia durante el tiempo que ejerza dicho cargo.
Implica la reserva del puesto.
CUIDADO DE LOS HIJOS
Nacimiento o adopción.
Puede durar hasta 3 años.
Implica la reserva del puesto el primer año, después cambia de puesto de la misma categoría profesional
CUIDADO DE FAMILIARES
Cuidados familiares, hasta segundo grado de consanguinidad.
Puede durar hasta 2 años
Implica la reserva del puesto de trabajo el primer año.
Extinción
Finalización de la relación laboral
DEL EMPRESARIO
Despido disciplinario:
sanción máxima. Ocurre cuando el trabajador comete una falta grave.
Despido por causas objetivas:
Circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario.
Despido colectivo:
Causa económicas, técnicas, operativas o de producción
DE LA PERSONA TRABAJADORA
Dimisión:
No necesita justificación, solo un preaviso por escrito.
No tienes derecho a indemnización, ni a prestación.
Abandono:
La persona trabajadora se va sin previo aviso, ni justificación.
La empresa puede denunciar.
Incumplimiento grave de la empresa:
La persona trabajadora exige la extinción del contrato de trabajo, en los tribunales.
La persona debe mantenerse en el puesto hasta que salga la sentencia.
OTROS
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del trabajador.
Trabajadora víctima de violencia de género.
Muerte, incapacidad permanente o jubilación del empresario/a.
Fuerza mayor.