El procedimiento conciliatorio extrajudicial por medios electrónicos y el rol del conciliador virtualmente

1.

Características

Confidencialidad

Toda información tratada durante el procedimiento no puede ser conocimiento de ningún individuo exterior al conflicto.

Voluntariedad

El conciliador respeta que para que se realice la audiencia los involucrados en el conflicto ejercen su autonomía privada, de manera voluntaria.

Autocomposición

El tercero neutral facilita la comunicación entre las partes y propone maneras de llegar a un acuerdo mutuo.

2.

Conciliación virtual

La audiencia de conciliación, además de realizarse en el local del Centro de Conciliación Extrajudicial autorizado, también podrá llevarse a cabo a través de medios electrónicos u otros de naturaleza similar que garanticen la identificación y la comunicación de las partes, así como la autenticidad del contenido del acuerdo conciliatorio. No obstante, para ello sí se exige que el conciliador se encuentre en el local autorizado para el ejercicio de la función conciliadora.

3.

Principios de la Conciliación extrajudicial

Equidad

El tercero neutral debe asegurarse que todo acuerdo sea aceptado por las partes involucradas.

Neutralidad

El conciliador tiene la obligación de tener partidarios en la conciliación.

Confidencialidad

Todo lo que pase durante este procedimiento solo puede ser de conocimiento de las partes involucradas y del conciliador

Buena fe y veracidad

la información proporcionada de las partes la cual debe ser honesta y verídica.

Celeridad y economía

La conciliación extrajudicial permite un ahorro tanto de tiempo como de dinero .

Voluntariedad

los acuerdos que se lleguen a dar responder a la voluntad exclusiva de las partes involucradas.

Empoderamiento o asimetría de poder

Los involucrados tienen la misma protestad de poder.

6.

Conciliador

Es el individuo competente para ofrecer a las partes alternativas de solución para su conflicto, pero que no cuenta con la protestad para imponer que se llegue a un acuerdo.

5.

Solicitud de audiencia virtual

INGRESO DE SOLICITUD POR CORREO O WHATSAPP

Al formato de solicitud de conciliación, deberá agregarse el número de teléfono y/o correo electrónico tanto de la parte solicitante como de la parte invitada

CONFIRMACIÓN DEL TELÉFONO

Una vez recibida la solicitud, el Centro de Conciliación se comunicará con las partes a utilizando los números de teléfono o el correo electrónico, a fin de confirmar que estos pertenecen a las partes, explicar y coordinar con ellas cómo se desarrollará el procedimiento, el día y hora de la audiencia, así como la plataforma virtual a utilizarse.

NOTIFICACION

Luego de realizada la confirmación y coordinación telefónica señalada en el punto anterior, se procederá a enviar las invitaciones a ambas partes, mediante el correo electrónico y/o WhatsApp consignado/s en la solicitud de conciliación y previamente verificados. La invitación señalará la fecha, hora y plataforma que se utilizará y deberá ser enviada al correo o teléfono con una anticipación de 03 días hábiles a la fecha de la audiencia tal como lo establece el reglamento de la Ley de Conciliación. De suscitarse la inasistencia (de una o ambas partes) a la primera sesión se procederá de acuerdo a lo establecido a la Ley y al Reglamento, respetando los plazos ahí establecidos

AUDIENCIA VIRTUAL

VIRTUAL La audiencia se podrá realizar por WhatsApp, Skype, zoom, google hangouts meet o cualquier otro medio electrónico que las partes convengan.

ACTAS

Al finalizar la audiencia, el/la conciliador/a dará lectura a la conclusión de la misma, debiendo precisar que la audiencia puede concluir de las formas pertinentes establecidas en el artículo 15 de la Ley de conciliación, con la finalidad de que las partes expresen su conformidad con la misma (de forma opcional el conciliador procederá realizar la grabación de la audiencia solo para la lectura de la conclusión del acta y que las partes expresen su conformidad) luego de ello el conciliador/a remitirá vía correo electrónico el acta, como dato adjunto en formato PDF con firma electrónica o la imprimirá, firmará, escaneará y será enviada en versión PDF protegida para que no se puedan hacer cambios, a fin de que las partes contestaran el mismo con el texto: • Si hubo audiencia efectiva se lee la conclusión (AT, AP, FA, DMC)
• Las partes dan su conformidad (esta parta puede ser grabada)
• Se envía por correo el acta.
• Las partes contestan el correo dando su conformidad expresa.
• La solicitud.
• La designación del conciliador
• Los correos o mensajes de la invitación.
• El acta

. ARCHIVO

El acta de conciliación será archivada junto con los correos de confirmación y todos los documentos presentados en la solicitud, designación del conciliador, correos o mensajes impresos de convocatoria, asimismo se archivará el soporte donde se encuentre grabada la confirmación de la conclusión de la audiencia (USB, CD u otro)

4.

Objetivo

Contar con un procedimiento y protocolo de actuación mientras dure la situación de emergencia y las medidas de distanciamiento social necesarias para proteger la salud de las personas, facilitando así el acceso a la justicia de quienes requieran solucionar sus conflictos, mediante la conciliación extrajudicial