ELEMENTOS DEL ACTO JURICO
El hecho jurídico es el acontecimiento humano o de la naturaleza ejecutado sin la intención de generar consecuencias de derecho.
NEGOCIO JURIDICO
En ellos la voluntad se encamina a la producción de efectos jurídicos, porque son queridos y deseados.
La solemnidad es una reminiscencia de la idea místico-religiosa humana. Los romanos tenían contratos solemnes y pronunciaban una serie de palabras y fórmulas mágicas acompañados de incienso. De ahí lo místico en el derecho que, hasta la fecha, no se ha borrado de la tradición jurídica.
NULIDAD ABSOLUTA Se habla de nulidad absoluta, o se dice que un acto jurídico es absolutamente nulo, cuando se omitió alguno de los elementos de validez. La nulidad es imprescriptible e inconvalidable y la puede invocar cualquiera que resulte perjudicado (CCDF, art. 2225).^
NULIDAD RELATIVA Se da cuando hubo incapacidad, vicios del consentimiento o falta de forma (CCDF, arts. 2230, 2231, 2232 y 2236); por ejemplo, “contraté con un menor de edad”.
Los efectos se destruyen o se retrotraen al tiempo en que sea declarada la nulidad relativa (CCDF, art. 2239); por ejemplo, el contrato de un menor se declararía nulo en cuanto se supiera que es menor de edad
El acto jurídico es la manifestación externa de voluntad para crear, transmitir, modificar y extinguir derechos y obligaciones, cuya manifestación se hace con la intención de generar consecuencias jurídicas. Por ejemplo, los contratos, el testamento.
Voluntad
Es un querer, un deseo que debe ser externado (si no, no vale para el derecho). Según el “número de voluntades” involucradas en los actos jurídicos, éstos pueden ser: unilaterales y bilaterales.
Objeto
El objeto, como elemento esencial del acto jurídico, es el fin que se desea alcanzar con la celebración del acto jurídico. Puede ser directo o indirecto.
Elementos de Validez del acto juridico , para que un acto jurídico pueda ser considerado válido debe cumplir con los siguientes requisitos de validez:
INEXISTENCIA Se habla de inexistencia, o se dice que un acto jurídico es inexistente, cuando se omitió alguno de los requisitos de existencia o elementos esenciales del acto jurídico (voluntad o consentimiento, objeto y solemnidad) (CCDF, art. 2224). La inexistencia es imprescriptible e inconvalidable y puede ser invocada por cualquier interesado.
Ejemplo, la compañía de telefonía que me presta sus servicios me cobra un concepto que nunca contraté. En ese caso, el contrato de prestación de servicios respecto de ese servicio jamás existió para el derecho, pues carece de consentimiento.