Etapa de juicio oral
generalidades
principios
inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad
fecha
no - de 20 ni + de 60 dias naturales
citación
mínimo 7 días previos
prohibición
no jueces anteriores
Principios
suspensión
no mas de 10 días naturales
por: cuestiones incidentales, actos fuera de audiencia, no comparezcan, enfermedad extrema, que no hay reemplazos o por catástrofe
interrupción
sino se lleva a cabo en el día 11 se reinician los actos
motivación
las decisiones serán verbales fundadas y motivadas
Dirección y disciplina
el juzgador dirigirá
ordenando y sutorizando lecturas, advirtiendo, tomando protesta, moderando, impidiendo intervenciones
el juzgador disciplinara
apercibiendo, multando, expulsando, arrestando, desalojando y suspendiendo en caso extremo
Generalidades de la prueba
lo aportado podrá ser probado por los medios pertinentes
si no es conforme a proceso no será valorado
las pruebas base de sentencia serán desahogadas en debate de juicio
las pruebas se valoran de manera libre y lógica y se motivan aun si se desestiman
Prueba testimonial
toda persona citada esta obligada a declarar y conducirse con verdad
es familiar, vive o depende del imputado podrá abstenerse
es inadmisible el testimonio de quienes tienen el deber de guardar secreto (deben exponer el motivo)
si el testigo
carece de medios economicos para presentarse, se le proporcionaran
es servidor publico, la dependecia debera garantizar su comparecencia
no es citado, podrá presentarse
no se presenta o hay temor de que se oculte o ausente, se podrá usar la fuerza publica
no puede concurrir, se examinara donde se encuentre
están exentos de comparecer
determinados servidores públicos federales y estatales
extranjeros con inmunidad diplomática
podran estar acompañados de familiares o peritos
si es menor de edad
su afectacion es psicologica o emocional
es victima de violación o secuestro
el órgano jurisdiccional y el MP podrán adoptar medidas de protección a victimas, ofendidos y testigos
Prueba pericial
finalidad
conocer datos especificos dr alguna ciencia, arte, tecnica u oficio
el perito deberá poseer titulo oficial en la materia y no tener impedimentos, además podrá solicitar protección
Disposiciones generales de interrogatorio y contrainterrogatorio
los declarantes
estarán en una sala distinta
serán llamados en orden
tomaran protesta y seran advertidos
serán interrogados personalmente
desarrollo
comienza quien lo ofreció
el órgano jurisdiccional deberá abstenerce de interrumpir
si alguna parte lo solicita, el tribunal podrá autorizar un nuevo interrogatorio
el contrainterrogatorio será respecto a materia de las respuestas
reglas de formulación
las preguntas son de manera oral y sobre un hecho especifico
preguntas sugestivas solo la contraparte en el contrainterrogatorio
objeciones
se harán antes de que el testigo responda
el juez las analiza y resuelve de plano
si el testigo esta siendo hostil, se le podrán realizar preguntas sugestivas
Declaración del acusado
el acusado podrá rendir su declaración en cualquier momento de la audiencia y seguirá las mismas reglas del interrogatorio
si el acusado no declara, no podrá usarse ninguna declaración previa
si el acusado podrá solicitar la palabra para efectuar las declaraciones pertinentes
Prueba documental y material
un documento es todo soporte material que contenga información sobre algún hecho
si los datos de prueba o la prueba es por medios digitales y el que órgano jurisdiccional no cuenta con estos, la parte la ofreció deberá proporcionarlos
cualquier documento que garantice mejorar la fidelidad en la reproducción de los contenidos de las pruebas prevalecerá
documentos, objetos y elementos de convicción deberán ser exhibidos, previa incorporación
no hay cabida para nada relacionado con la suspensión, acuerdos reparatorios o procedimiento abreviado
no son validos registros ni actuaciones de la policía o MP
nada declarado nulo se podrá incorporar
excepción de incorporación
si el testigo o el coimputado fallecieron, tenga un trastorno mental o perdió la incapacidad de declarar
cuando la incomparecencia de los testigos, peritos o coimputados fuere atribuible al acusado
Otras pruebas
cualquiera que no afecte derechos fundamentales
el tribunal podrá constituirse en un lugar distinto a la sala de audiencias, previa solicitud de las partes
el tribunal podrá ordenar la recepción de nuevas pruebas, previa justificación
Desarrollo de la audiencia de juicio
el tribunal de enjuiciamiento se constituirá en el día y lugar señalados, se verificara la presencia de todos y se señalara el objeto de la audiencia
los incidentes se resolverán inmediatamente
si hay varios hechos punibles o varios acusados, los debates se harán separados pero continuos
se iniciara con el alegato de clausura y culminara con el alegato de clausura
cada parte determinara el orden de desahogo de sus medios de prueba
la audiencia será oral en todo momento
no será necesario invocar los preceptos legales, salvo que alguna de las partes lo solicite
tanto en el alegato de clausura como de apertura el MP podrá solicitar una reclasificación del delito
Deliberación, fallo y sentencia
inmediatamente después de concluir del debate, el tribunal de enjuiciamiento ordenara un receso para deliberar
el fallo señalara
la decision de absolucion o de condena
si la decisión se tomo por unanimidad o por mayoría
la relacion sucinta de los fundamentos y motivos
la sentencia contendrá
La mención del Tribunal de enjuiciamiento y el nombre del Juez o los Jueces que lo integran
La fecha en que se dicta
Identificación del acusado y la víctima u ofendido
La enunciación de los hechos y de las circunstancias o lementos que hayan sido objeto de la acusación y, en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las defensas del imputado
Una breve y sucinta descripción del contenido de la prueba
La valoración de los medios de prueba que fundamenten las conclusiones alcanzadas por el Tribunal de enjuiciamiento
Las razones que sirvieren para fundar la resolución
La determinación y exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se consideren probados y de la valoración de las pruebas que fundamenten
dichas conclusiones
Los resolutivos de absolución o condena en los que, en su caso, el Tribunal de enjuiciamiento se pronuncie sobre la reparación del daño y fije el monto de las indemnizaciones
correspondientes
La firma del Juez o de los integrantes del Tribunal de enjuiciamiento
Sentencia absolutoria
determinará la causa de exclusión del delito, tomando como referencia, las causas de atipicidad, de justificación o
inculpabilidad
La sentencia de condena no podrá sobrepasar los hechos probados en juicio y debera ser explicada por el tribunal
Sentencia condenatoria
a fijará las penas, o en su caso la medida de seguridad, y se pronunciará sobre la suspensión de las mismas y la eventual aplicación de alguna de las medidas alternativas a la
privación o restricción de libertad
Procedimiento para personas inimputables
si se trata del imputado, se hará un peritaje para comprobar si efectivamente es inimputable
no pueden acceder a un procedimiento abreviado, pero si a medidas cautelares y se ajustara el procedimiento ordinario
solo será sujeto de medidas de seguridad
Pueblos y comunidades indígenas
podrán resolver ciertos conflictos conforme a sus normas internas, salvo casos de prisión preventiva oficiosa y si así lo deciden
Procedimiento para personas jurídicas
Las personas jurídicas serán penalmente responsables, de los delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización
El MP podrá ejercer la acción penal en contra de las personas jurídicas con excepción de las instituciones estatales
No se extinguirá la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuando se transformen, fusionen, absorban o escindan o se disuelvan aparentemente
consecuencias jurídicas
Sanción pecuniaria o multa
Decomiso de instrumentos, objetos o productos del delito
Publicación de la sentencia
Disolución