GESTACIÒN POR SUSTITUCIÒN
SEGÙN PANTALEÒN
En esta doctrina se debe aplicar que la maternidad jurídica solo se le debe atribuir a la mujer que aporte su gameto-
SEGÙN WARNOCK
Es la practica mediante una mujer gesta en su vientre un niño para otra mujer con la intención de entregárselo después de que nazca.
SEGÙN GOMEZ SANCHEZ
El acto reproductor que genera el nacimiento de un niño por una mujer sujeta a un pacto o compromiso.
Variantes
La gestante aporta el material genético, el cual podrá ser inseminado con esperma del comitente o de un donante.
La pareja comitente (o el comitente) no aporta material genético de ninguno de los dos, es decir, se recurre a la donación de óvulos y semen.
Los comitentes aportan tanto el semen como el óvulo, produciéndose la oportuna fecundación in vitro e implantándose el embrión resultante en el útero de la gestante.
Si el material genético aportado es el óvulo (supuesto de una mujer que no puede gestar), entonces la GS será gestacional y el semen podrá ser aportado por un donante.
Se define como maternidad o gestaciòn subrogada la cual se practica con un previo acuerdo con otra persona o pareja, es una aplicación novel de la técnica de la inseminación artificial que resulta en el nacimiento de una criatura con un nexo
biológico unilateral a la pareja infértil.
CONCEPTO PRINCIPAL
TIPOS DE PROCEDIMIENTOS
Tipos de gestaciòn por sustituciòn
Gestacional
Tradicional
TEORIAS
Teoría de la contribución genética.
Teoria de la preferencia de la gestante.
Teoria de la intenciòn.