GESTACIÒN POR SUSTITUCIÒN

SEGÙN PANTALEÒN

En esta doctrina se debe aplicar que la maternidad jurídica solo se le debe atribuir a la mujer que aporte su gameto-

SEGÙN WARNOCK

Es la practica mediante una mujer gesta en su vientre un niño para otra mujer con la intención de entregárselo después de que nazca.

SEGÙN GOMEZ SANCHEZ

El acto reproductor que genera el nacimiento de un niño por una mujer sujeta a un pacto o compromiso.

Variantes

La gestante aporta el material genético, el cual podrá ser inseminado con esperma del comitente o de un donante.

La pareja comitente (o el comitente) no aporta material genético de ninguno de los dos, es decir, se recurre a la donación de óvulos y semen.

Los comitentes aportan tanto el semen como el óvulo, produciéndose la oportuna fecundación in vitro e implantándose el embrión resultante en el útero de la gestante.

Si el material genético aportado es el óvulo (supuesto de una mujer que no puede gestar), entonces la GS será gestacional y el semen podrá ser aportado por un donante.

Se define como maternidad o gestaciòn subrogada la cual se practica con un previo acuerdo con otra persona o pareja, es una aplicación novel de la técnica de la inseminación artificial que resulta en el nacimiento de una criatura con un nexo
biológico unilateral a la pareja infértil.

CONCEPTO PRINCIPAL

TIPOS DE PROCEDIMIENTOS

Tipos de gestaciòn por sustituciòn

Gestacional

Se caracteriza porque la gestante aporta solo la gestación pero no son óvulos, estos serán aportados por una donante.

Tradicional

Se caracteriza poque la gestante aporta no solo la gestaciòn si no tambien sus gemelos.

TEORIAS

Teoría de la contribución genética.

Teoria de la preferencia de la gestante.

Teoria de la intenciòn.