IMPUESTOS MUNICIPALES
BIENES INMUEBLES
Hecho generador: disposición de patrimonio propio
Sujeto pasivo: dueño del inmueble
TARIFA: de hasta L.1.50 por millar, tratándose de bienes inmuebles urbanos y de 2.50 si el inmueble es de uso comercial y de
L.1.50 por millar, en caso de inmuebles rurales.
PERSONAL O VECINAL
Hecho generador: honorarios prestación de servicios profesionales
Sujeto pasivo: Profesional que presta servicios
TARIFA:Para el cómputo de este impuesto se aplicará la tarifa siguiente:
DE HASTA RANGO impuesto impuesto
1.00 5,000.00 5,000.00 1.50 7.50 7.50
5,001.00 10,000.00 5,000.00 2.00 10.00 17.50
10,001.00 20,000.00 10,000.00 2.50 25.00 42.50
20,001.00 30,000.00 10,000.00 3.00 30.00 72.50
30,001.00 50,000.00 20,000.00 3.50 70.00 142.50
50,001.00 75,000.00 25,000.00 3.75 93.75 236.25
75,001.00 100,000.00 25,000.00 4.00 100.00 336.25
100,001.00 150,000.00 50,000.00 5.00 250.00 586.25
150,001.00 En Adelante 5.25 Hacer Cálculo El cálculo de este impuesto se hará por tramo de ingreso y el impuesto total será la suma de las cantidades que resulten en cada tramo.
INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS
Hecho generador: CASINO
Sujeto pasivo: dueño del casino
de L. 0.01 a L. 500.000.00 L.0.30 por millar
de L. 500.000.01 a L.10,000.000.00 L.0.40 por millar
de L.10,000.000.01 a L.20,000.000.00 L.0.30 por millar
de L.20,000.000.01 a L.30,000.000.00 L.0.20 por millar
de L.30,000.000.01 a en adelante L.0.15 por millar
No se computarán para el cálculo de este impuesto el valor de las exportaciones de
productos clasificados como no tradicionales.