INCAPACIDADES
Enfermedad General
Es la que se origina por una enfermedad no profesional o en un accidente no laboral, es decir que fue causada por las labores que desarrolla el trabajador, como una enfermedad respiratoria o una caída mientras el trabajador estaba en casa
Pago incapacidad por enfermedad general:
0-2 días paga el empleador
3-180 días la EPS
181-540 días el fondo de pensión
541 días la EPS con ciertos parámetros
Notas
Si el empleador no tiene afiliado al trabajador a EPS y ARL deberá pagar el 100% de los gastos de incapacidad o accidente.
La base para calcular y pagar la incapacidad es el ingreso base de liquidación reportado en la planilla o pila.
El empleador es el encargado de tramitar el pago de la incapacidad en las entidades correspondientes
Leyes
Ley 100 de 1993
Ley 1753 de 2015
Decreto 1427 de 2022
Decreto 780 de 2016
Condición que dificulta o imposibilita que un trabajador desarrolle sus actividades con normalidad, a causa de una enfermedad común o laboral.
Enfermedad Laboral
Es derivada de una enfermedad que está relacionada con las actividades del trabajador en la empresa o por un accidente sucedido mientras estaba laborando
El reconocimiento económico lo hace la ARL por el 100% desde el 1 día del accidente o incapacidad.
Temporales
Permanentes
Cuando no hay un dictamen favorable de recuperación o rehabilitación
Se envía a la junta de calificación de invalidez
Si es superior al 50 % y el trabajador cumple los demás requisitos del caso, la AFP deberá reconocer la pensión de invalidez