LEY 181 DE 1995

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JHON SEBASTIAN RODRIGUEZ NARVAEZ CC 1049646212LICENCATURA EN EDUCACIÓN FISICA RECREACIÓN Y DEPORTE

TITULO IX
Disposiciones varias

Donaciones

"Los contribuyentes que hayan donaciones a organismos deportivos y recreativos o culturales debidamente reconocidos que sean personas jurídicas sin ánimo de lucro, tienen derecho a deducir de la renta, el 125% del valor de las donaciones efectuadas durante el año o período gravable".

Impuesto a espectáculos públicos

10% del valor de la correspondiente entrada al espectáculo, excluidos los
de demás impuestos indirectos que hagan parte de dicho valor

Impuesto a los cigarrillos nacionales y extranjeros

recaudado por las tesorerías departamentales.

Sanciones

La mora en el pago por el responsable o entrega por el funcionario recaudador de los
gravámenes a que se refieren los artículos precedentes causará intereses moratorios a favor del ente
correspondiente

Facultades de fiscalización y control.

tienen las facultades de inspeccionar los libros y papeles de comercio de los responsables, verificar la exactitud de las liquidaciones pagos de los impuestos, ordenar la exhibición y examen de libros, comprobantes y documentos de los responsables o de terceros, tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias
correspondientes

Disposiciones transitorias y vigencia

TITULO VIII
Financiamiento del Sistema Nacional del Deporte

Recursos financieros estatales

TITULO VIII
Financiamiento del Sistema Nacional del Deporte

TITULO VII Organismos del Sistema Nacional del Deporte

Ministerio de Educación Nacional

El fomento, la planificación, la organización, la coordinación, la ejecución, la implantación, la
vigilancia y el control de la actividad del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la
educación física constituyen una función del Estado que ejercerá el Ministerio de Educación Nacional por conducto del Instituto Colombiano del Deporte - Coldeportes.

Instituto Colombiano del Deporte

establecimiento público del orden nacional y se denominará Instituto
Colombiano del Deporte, Coldeportes, con Personería Jurídica, autonomía administrativa y patrimonio
independiente, adscrito al Ministerio de Educación Nacional.

Entes deportivos departamentales

Juntas Administradoras Seccionales de Deporte, creadas por la Ley 49 de 1983, se
incorporarán al respectivo departamento, como entes departamentales para el deporte, la recreación, la educación extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre en conformidad con las ordenanzas que para tal fin expidan las Asambleas Departamentales

Entes deportivos municipales y distritales

Juntas Municipales de Deportes y la Junta de Deportes de Bogotá, reorganizadas por
la Ley 49 de 1983 se incorporarán a los respectivos municipios o distritos como entes para el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación extraescolar de la entidad territorial, de conformidad con los Acuerdos que para tal fin expidan los concejos muni

Comité Olímpico Colombiano

El Deporte Asociado estará coordinado por el Comité Olímpico Colombiano que cumplirá funciones
de interés público y social en todos los deportes

TITULO VI CAPITULO 2 Plan Nacional de Deporte, la Recreación y la Educación Física

Del articulo 52 al articulo 57

Comité paralímpico Colombiano

Como su objetivo principal Lograr el fortalecimiento y la consolidación del Comité Paralímpico Colombiano, haciendo visible la situación de discapacidad en el ámbito nacional e internacional del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre de las personas con discapacidad.

Objetivos especificos

permitir el acceso al deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.

El Sistema Nacional del Deporte es el conjunto de organismos, articulados entre sí

desarrolla su objeto a través de actividades del deporte en todas sus formas

OBJETIVO

TITULO VI Del sistema nacional de deporte

Hacen parte del Sistema Nacional del Deporte

el Ministerio de Educación Nacional municipales y distritales

el Instituto Colombiano del Deporte

Subtopic

Coldeportes

los entes departamentales

Los niveles jerárquicos de los organismos del Sistema Nacional del Deporte

NACIONAL

DEPARTAMENTAL

MUNICIPAL

TITULO I Disposiciones preliminares

OBJETIVOS GENERALES

crear, fomentar, coordinar y ejecutar prácticas en pro del deporte, recreación y educación física en niños y jóvenes

creación de Coldeportes

acceso a los jóvenes a deportes

derechos sociales y principios (universalidad, democracia, participación, ética deportiva)

TITULO II De la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación extraescolar

Es función obligatoria de todas las instituciones públicas y privadas de carácter social, patrocinar, promover, ejecutar, dirigir y controlar actividades de recreación

Los organismos deportivos municipales ejecutarán los programas de recreación con sus comunidades

El Ministerio de Educación Nacional, Coldeportes y los entes territoriales propiciarán el desarrollo de la educación extraescolar de la niñez y de la juventud.

TITULO III De la educación física

disciplina científica cuyo objeto de estudio es la expresión corporal del hombre y la incidencia del movimiento en el desarrollo integral y en el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los individuos con sujeción a lo dispuesto en la Ley 115 de 1994

. Los entes deportivos departamentales y municipales diseñarán conjuntamente con las secretarías de educación correspondientes

la responsabilidad de dirigir, orientar, capacitar y controlar el desarrollo de los currículos del área de Educación Física

Corresponde al Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, la responsabilidad de dirigir orientar, coordinar y controlar el desarrollo de la Educación Física

El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, promoverá la investigación científica y la producción intelectual, para un mejor desarrollo de la Educación Física en Colombia

TITULO IV Del Deporte

el deporte como carácter competitivo

bajo legislación obligatoria

formas de deporte

formativo, social comunitario,universitario,asociado,competitivo.aficionado,profesional

Articulo 17 al artículo 35

normatividad existente para fomentar el deporte y la recreación en Colombia

TITULO V

De la seguridad social y estímulos a los deportistas

recibirán reconocimientos en campeonatos desde nacional hasta mundial

seguro de vida e invalidez, seguridad social, auxilio funerario

Las instituciones públicas de educación secundaria y superior exonerarán del pago de todos los derechos de estudio a los deportistas colombianos

Los municipios y departamentos darán oportunidades laborales a los deportistas colombianos

C RIVERA BARREIRO EILEEN
LUNA UNIGARRO ERIKA

Construir y aplicar una política integral de comunicación, educación, divulgación y difusión de la cultura paralímpica colombiana.

tendrá como fundamento los planes y proyectos que las entidades territoriales de carácter municipal, departamental y las instituciones del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre asociados, propongan para el fomento y desarrollo del sector deportivo de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional

Promover en el imaginario social colombiano, las acciones graduales de transformación de las prácticas orientadas al aprovechamiento del tiempo libre, la recreación y el deporte de las personas con discapacidad, en todas sus manifestaciones, para garantizar el acceso real y efectivo a estas actividades.

generar y brindar a la comunidad oportunidades de participación