su
SE
sus
como
quien
donde
consistirán
para
a
donde
lo
TIENE
el
por
tiene
con
requerirá
la
al
no
SERÁ
podrá
los
debe
por
la
es
que
SE
ya
LAS
SE
caso
caso
de
serán
las
LA
podrá
DE
son
Causales
CASOS
por
para
para
por
de
SE
no
el
PODRÁ
se
la
el
es
la
el
pueden
sobre
por
por
cuando
POR
DE
A
SE
y
se
ante
con
se
efectúa
a través
para
que
se
a
se
en
podrán
al
se
del
estará
se
como
por
deberá
es
su
de
y
de
la
de
de
podrán
y
son
por
y
el
sobre
de
en
se
los
sus
quien
de
en
y
que
tendrán
podrán
los
con
donde
V
IV
VI
VII
VIII
III
II
I

LEY 2492 LEY DE 2 DE AGOSTO DE 2003 D.S. 27310 REGLAMENTO DEL CODIGO TRIBUTARIO

PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Sección

DISPOSICIONES COMUNES

PRINCIPIOS , NORMAS PRINCIPALES Y SUPLETORIAS

sujetarán y sustentarán

arreglo a normas de la ley.

PERSONERÍA Y VISTA DE ACTUACIONES

interesados

actuar personalmente

reglamentariamente se establezca

acceso las actuaciones administrativas

podrán consultar

aplicación del principio

confiabilidad de información tributaria

PRUEBA

CARGA DE LA PRUEBA

pretenda hacer valer

derechos deberá probar

hechos constituidos

MEDIOS DE PRUEBA

admitirá con validez

inicio de 2 testigos

cada punto de controversia

material procesal penal

ofrecimiento profesional

presentación sujetará

Código de procedimiento

DECLARACIONES JURADAS

manifestaciones de hechos

Datos comunicados a administración

rectificarse a requerimiento

administración tributaria

MEDIOS E INSTRUMENTOS TECNOLÓGICOS

DEBERÁN

permitir la identificación

quién los emite, garantizar

verificación de integridad

información y datos

cumplir los requisitos

pertenecer únicamente bajo

absoluto y exclusivo control

RÉGIMEN DE PRESUNCIONES TRIBUTARIAS

las

legales que admiten prueba

quien se beneficiará

probar el hecho del cual resulte la aplicación

no nestables

ley serán admisibles

medio de prueba

FORMAS Y MEDOS DE NOTIFICACIÓN

MEDIOS DE NOTIFICACIÓN

por

cédula

constituida por copia

acto a notificar

personalmente

practicara la entrega

interesado o representante legal

masiva

mediante publicación

órganos de prensa

sin que hubiera apersonado

efectuará una segunda y última publicación

15 días posteriores

correspondencia postal

practicara mediante sistemas

permitan verificar su recepción

electrónicos

garantizar a los contribuyentes

tácita

cualquier gestión o petición

cualquier acto o hecho

edicto

practicara en 2 oportunidades

intervalo de 3 días

secretaria

instancia administrativa

hará constar el expediente correspondiente

practicarán en días

horas hábiles administrativos

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

LA CONSULTA

LEGITIMIDAD

formulará por escrito y deberá cumplir los requisitos

PRESENTACIÓN

la MAE de la administración tributaria

PLAZO DE RESPUESTA

30 DÍAS

CONSULTAS INSTITUCIONALES

COLEGIOS PROFESIONALES, CÁMARAS OFICIALES, ORGANIZACIONES PATRONALES Y EMPRESARIALES

NULIDAD DE LA CONSULTA

sea absuelta

base de datos, información y otros doc. falsos o inexactos

manifiesta infracción a la ley

autoridades que no gozan de juridicción y competencia

ACCIÓN DE REPETICIÓN

utilizar los sujetos pasivos o interesados para reclamar a la administración tributaria

procedimiento deberá acompañar la doc. que la respalde

prescripción a los 3 años para solicitar lo pagado indebidamente o en exceso

DEVOLUCIÓN TRIBUTARIA

acto de virtud del cual el estado por mandato de la Ley

procedimiento por el poder ejecutivo regularán las modalidades .

restitusión de lo indebidamente devuelto

ORIGINO EN DOC. FALSOS

CERTIFICACIONES (TRAMITES)

solicitar un certificado a la A.T

plazo no podrá pasar de 15 días

EJECUSIÓN TRIBUTARIA

NATURALEZA DE LA EJECUSIÓN TRIBUTARIA

será acumulable a los procesos judiciales e procedimientos

TÍTULOS DE EJECUSIÓN TRIBUTARIA

realizará por la A.T con la notificasión

resolución determinativa o sancionatoria

Autos de multa firmes

Resolución firme dictada

Resolución que se dicte

Sentencia judicial ejecutoriada

Declaración Jurada

Liquidación efectuada por la administración

Resolución que concede facilidades de pago

el total de la deuda tributaria que impone

resolver el recurso jerárquico

resolver el recurso de alzada

sanción que impone

SUSPENSIÓN Y OPOSICIÓN DE LA EJECUCIÓN TRIBUTARIA

SUSPENSIÓN

. Autorización de un plan de facilidades de pago. . Si el sujeto pasivo garantiza la deuda tributaria en la forma y condiciones establecidas.

OPOSICIÓN

. CUALQUIER FORMA DE EXTINCIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA. . SENTENCIA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA QUE DECLARE LA INEXISTENCIA DE LA DEUDA

MEDIDAS COACTIVAS

EJECUTAR

1. Intervención de la gestión del negocio del deudor correspondiente a la deuda

2. contratos de transferencia sobre determinados bienes

3. Retención de pagos

4. Clausura de los establecimientos, oficina o almacenes del deudor hasta el pago de deuda tributaria

DENUNCIA Y DISTRIBUCIÓN

Mercancías decomisadas aptas para el consumo

entregadas con posterioridad al acta de intervensión

20% para el denunciante individual o el 40% a la comunidad

10% para el municipio donde se conosca la comisión del ílicito en caso de productos alimenticios

70% o 50% para la entidad pública encargada de su comercialización

TERCERÍAS ADMISIBLES

DERECHO PROPIETARIO ESTE INSCRITOEN LOS REGISTROS CORRESPONDIENTES

ESTE JUSTIFICADO CON LA PRESENTACIÓN DEL RESPECTIVO TÍTULO INSCRITO

QUIEBRA

sujetará a las disposiciones en el Cód. Com. y Leyes especificas

PRECAUSIÓN Y MEDIDAS PRECAUTORIAS

FACULTAD DE RECAUDACIÓN

Deudas tributarias en todo momento

sea a instancia del sujeto pasivo

MEDIDAS PRECAUTORIAS

aplicarán con la liberación del pago de valores, derechos y almacenes.

hubiera en los respectivos registros e instituciones publicadas

DETERMINACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA

por el cual declara

existía y cuantía

formas

administración tributaria

controlar, verificar y fiscalizar

hechos, actos, datos electrónicos

sujeto pasivo o término

ser objeto de ejecución tributaria

VISTA DE CARGO O ACTA DE INTERVENCIÓN

elaborado en un plazo

mayor a 10 días hábiles

inicio de intervención

PROCEDIMIENTO DETERMINATIVO EN CASO ESPECIAL

administración tributaria

la presentación de Declaraciones Rectificatorias

DESCARGOS

NOTIFICACIÓN

vista de cargo

sujeto pasivo o tercero responsable

plazo preventorio o improrrogable de 30 días

acta de intervención

contrabando

interesado presentará en un plazo de 3 días

RESOLUCIÓN DETERMINATIVA

carácter

DECLARATIVO Y NO CONSTITUTIVO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

CONTROL, VERIFICACIÓN, FISCALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN

EJERCICIO DE LA FACULTAD

dispondrá la A.T

LUGAR DONDE SE DESARROLLAN LAS ACTUACIONES

podrán ingresar

almacenes establecimiento, deposito o lugares

actividades o exploraciones sometidas gravamenes

MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN DE PRUEBAS

depósitos de mercancías o bienes

VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES Y OBLIG. DE EMITIR FACTURA

presume sin admitir prueba

lo realiza lo hace

dependiente titular responsabilizando

actos y omisiones inexcusablemente

PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN

iniciará con una orden estableciendose

alcance, tributos y periodos