LEY 600/2000
juzgamiento
SALA DE CASACION PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
SALA DE DECISIONES PENALES DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES.
LOS JUECES MENORES
LOS JUECES PROMISCUOS
LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO
LOS JUECES DE EJECUCUION DE PENA Y MEDIDA DE ASEGURAMIENTO.
INVESTIGACION
SE BUSCA
DETERMINAR SI SE CUMPLE EL REQUISITO DE PROCECIBILIDAD PENAL
DETERMINAR SI HAY AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD
SI HA OCURRIDO UNA CONDUCTA DESCRITA EN LA LEY PENAL COMO PUNIBLE
Y EL RECAUDO DE PRUBAS DE AUTORES Y PARTICIPES DE LA CONDUCTA PUNIBLE
el proceso penal comienza
noticia criminal
denuncia
querella
peticion especial o anonimo
APERTURA DE JUICIO
SON 15 DIAS PARA PREPARAR AUDIENCIA DE PREPARATORIA Y PUBLICA
EN EL CUAL EL JUEZ INTERROGA AL SINDICADO ACERCA DE LOS HECHOS.
INTERVIENEN FUNCIONARIOS DE LA POLIICA JUDICIAL.
PRACTICA DE PRUEBAS
ESTA ETAPA COMIENZA CUANDO QUEDA DEBIDAMENTE EJECUTORIADA LA RESOLUCION DE ACUSACION
MEDIOS DE PRUEBA
CADENA DE CUSTODIA
INSPECCION
DOCUMENTOS
INDICIOS
CONFESION
DICTAMEN PERICIAL
TESTIMONIO
RECONOCIMIENTO EN FILA DE PERSONA
AL FINALIZAR LA PRACTICA DE PRUEBAS EL JUEZ DECIDE DENTRO DE LOS 15 DIAS SIGUIENTES
ALGUNAS LABORES PREVIAS DE INVESTIGACION LAS EJERCE LA POLICIA JUDICIAL, TAMBIEN PUEDEN HACER INVESTIGACION POR INICIATIVA PROPIA EN LOS CASOS DE FUERZA MAYOR PERO SIEMPRE SE ACTUA BAJO ORDEN DEL FISCAL.
TERMINOS
EL DE LA ETAPA DE INVESTIGACION PREVIA ES DE 6 MESES
EN EL TRASCURSO DE ESTOS TERMINOS SE DEBE DICTAR RESOLUCION INHIBITORIA O RESOLUCION DE INTRUCCION.
SABEMOS QUE CON LA RESOLUCION INHIBITORIA ES SUSCEPTIBLE ALGUNOS RECURSOS TALES COMO: APELACION. REPOSICION, REVOCATORIA-CUANDO SE ENCUENTRE EJECUTORIADA, CON ESTA SE INICIA LA APERTURA DE LA INTRUCCION.
INSTRUCCION
SI SE HA INFRIGIDO LA LEY PENAL
QUIENES SON LOS AUTORES DE LA CONDUCTA PUNIBLE
MOTIVOS Y FACTORES DETERMINATES QUE INFLUYERON EN LA VIOLACION DE LA LEY PENAL
MODO, TIEMPO Y LUGAR EN QUE SE REALIZO LA CONDUCTA
ANTECEDENTES JUDICIALES, DE POLICIA Y SUS CONDICIONES DE VIDA
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE ORDEN MORAL Y MATERIAL QUE CAUSO LA CONDUCTA PUNIBLE
TERMINO
TIENE UN TERMINO DE 18 MESES, SI SON MAS DE 3 SINDICADOS EL TERMINO MAXIMO ES DE 24 MESES. CUANDO ESTAN VENCIDOS LA ACTUACION PROCEDENTE ES LA CALIFICACION
VINCULACION DEL PROCESO
INDAGATORIA
EL TERMINO EN ESTA ES DENTRO DE LOS 3 DIAS SIGUIENTES A QUE EL CAPTURADO HAYA SIDO PUESTO A DISPOSICION DE LA FISCALIA- EN CASO DE MAS CAPTURADOS SE DUPLICA.
DECLARADO PERSONA AUSENTE
QUE LA PERSONA NO APARECIO DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES DE HABERSE LIBRADO ORDEN DE APREHENSION.