NOM-177-SSA1-2013 , Que establece las pruebas y procedimientos para demostrar que un medicamento es intercambiable. Requisitos a que deben sujetarse los Terceros Autorizados que realicen las pruebas de intercambiabilidad. Requisitos para realizar los estudios de biocomparabilidad
8. Criterios y requisitos para realizar pruebas de bioequivalencia en humanos
8.1 Estos criterios y requisitos aplican para los medicamentos con prueba "C" de intercambiabilidad señalados en el Acuerdo que determina el tipo de prueba para demostrar intercambiabilidad de medicamentos genéricos.
8.4.6 Un estudio piloto no puede emplearse para dictaminar la bioequivalencia.
Los estudios podrán realizarse mediante un diseño cruzado, cuando esto no sea posible pueden elegirse otros diseños cuyo empleo debe justificarse en el protocolo.
8.4.8 Se pueden aplicar diseños alternativos
8.4.8.1 Los diseños cruzados o paralelos con muestreo truncado a un mínimo de 72 h para fármacos con vida media larga.
8.4.8.2 Los diseños replicados para fármacos de alta variabilidad (CV% intrasujeto mayor o igual al 30%).
8.4.8.3 Diseños de William para comparar más de dos formulaciones.
8.4.8.4 Diseños para realizar el estudio de bioequivalencia en más de una etapa.
8.4.8.4 Diseños para realizar el estudio de bioequivalencia en más de una etapa.
8.6 Protocolo Clínico para las Pruebas de Bioequivalencia.
8.6.1. Cada protocolo de un estudio clínico, debe ser previamente evaluado y dictaminado por el Comité de Ética en Investigación y por el Comité de Investigación, así como autorizado por la COFEPRIS.
8.6.3 Los protocolos deben ser supervisados por el Investigador Principal y autorizados por el Responsable Sanitario.
8.5 Tamaño de la muestra.
8.5.1 El número de sujetos de investigación a incluir en un estudio convencional de bioequivalencia (en paralelo, cruzado, replicado, William o secuencial) debe estar basado en un cálculo apropiado del tamaño de muestra, el cual debe obtenerse a partir del CV% intrasujeto del parámetro farmacocinético (Cmáx, ABC0-t o ABC0- ¥) con mayor variabilidad, el cual a su vez debe obtenerse del CME obtenido en el ANADEVA; esta información se podrá obtener de un estudio piloto o en la bibliografía científica reconocida internacionalmente.
8.4 Diseño experimental.
8.4.1 El diseño del estudio debe estar basado en el análisis del fármaco inalterado, a menos que no sea posible su cuantificación por limitaciones analíticas, debido a una biotransformación rápida o necesidades específicas del estudio, en cuyo caso, se debe incluir una justificación científica apropiada en el protocolo clínico correspondiente, para el (los) analito(s) que será(n) evaluado(s).
8.4.2 El diseño del estudio debe ser realizado de tal manera que el efecto de la formulación pueda ser distinguido de otros efectos y debe estar previamente establecido y justificado científicamente en el protocolo.
Se podrá realizar un estudio piloto antes de proceder con un estudio completo de bioequivalencia, el tamaño de muestra estará definido con base en el objetivo del estudio y no podrá ser menor de 8 sujetos de investigación.
8.9 Toma de muestras.
8.9.1 El método de recolección de las muestras y las precauciones que deben tomarse durante el proceso deben establecerse en el protocolo.
8.10 Manejo de muestras.
8.11 Estudio clínico.