PRECOOPERATIVAS
Constitucion
se aprobarán los estatutos que hayan de regirla, se avaluarán los aportes en trabajo o en especie si fuere el caso, y se levantará y firmará por los constituyentes el acta de fundación especificando sus nombres, documentos de identificación y el monto del aporte inicial de cada uno, sea en dinero, en trabajo o en especie.
En el mismo acto de constitución serán elegidos en propiedad los miembros de los órganos de administración y vigilancia, según lo previsto por los estatutos aprobados.
El comité de administración allí designado nombrará el representante legal de la entidad, quien será el responsable de tramitar el reconocimiento de la personería jurídica.
constancia de capacitación precooperativa impartida a los asociados fundadores con una intensidad no inferior a 20 horas
los grupos que, bajo la orientación y con el concurso de una entidad promotora, se organicen para realizar actividades permitidas a las cooperativas y, que por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa, o técnica, no estén en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativas
características
Educar social y economicamente
a los asociados
Desarrollo de procesos de
formación y capacitación
La posibilidad de asociarse
y retirarse de ella libre y
voluntariamente
El reparto equitativo,
distributivo,
proporcional,
justo y leal
de los excedentes
Ejemplos de Precooperativas
Precooperativa de Trabajo Asociado Tejiendo Valor
Precooperativa Red i
ojo
El encargado de otorgar el cambio o no de precooperativa a cooperativa es el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ECONOMÍA SOLIDARIA
La cooperativa y la precooperativa tienen la misma definición, sólo que a esta última le falta el nivel administrativo, financiero y económico.
Las entidades promotoras
participarán en la administración y en el control de las precooperativas, en la forma y términos que los estatutos establezcan, especialmente en los aspectos de que trata el artículo anterior. Tal participación deberá disminuir gradualmente, a fin de garantizar la responsabilidad y autonomía decisoria de los asociados
este promotor tiene que ser alguien con las mismas características que pretende la precooperativa, tiene que tener el mismo rango de la actividad económica.
Órganos de Administración
La administración de las precooperativas
- Junta de asociados
- Comité de administración,
- Director ejecutivo.
órganos de vigilancia
comité de vigilancia
revisor fiscal
Diferencias
*estan bajo orientacion y control de una entidad proomotora.
* no cumple los requisitos legales para constituirse como cooperativa
*En ningún caso podrán constituirse precooperativas especializadas de ahorro y crédito, ni realizar captaciones del público en forma masiva y habitual *Las Precooperativas se constituirán con un número mínimo de cinco (5) asociados fundadores.
*Las empresas asociativas tienen duración indefinida *en la cooperativa antes se necesitaba mínimo 10 personas en relación con los fundadores ahora ya son 3 personas
Tipos de Precooperativas
*Especializada
*Multiactivas
*Integrales
Una precooperativa puede ser de primer nivel, pero nunca puede llegar a ser de segundo o tercer nivel
EXCEPCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN LA PRECOOPERATIVA
tienen un tiempo establecido para que desaparezca del ordenamiento jurídico y mute o cambie a cooperativa
deberán evolucionar hacia cooperativas, en un término de cinco (5) años prorrogables a juicio del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.