PROCESO DE
ALIMENTOS
(Art.472 CC.)
Competencia de razón de grado
Procesos de alimentos en 2do
grado al juez de familia cuando
hayan sido de conocimiento del
juez de paz letrado y haya sido
resuelto por el juez de paz.
Prohibición de ausentarse art. 563 CPC
Informe del centro de trabajo art.
564 CPC
Anexo especial de la contestación
art. 565 CPC
Exoneración del pago de tasas
judiciales: art. 562 CPC
Alimentos
1. sustento
2. Habitación
3. Vestido
4. Asistencia médica
Alimentos de un menor de edad
1. Sustento
2. Habitación
3. Vestido
4. Asistencia médica
5. Educación
6. Instrucción
7. Capacitación para el trabajo
En los alimentos en base del
articulo 92 del Código de
los Niños y adolescentes se
incluye la recreación.
La última parte de CNA expresa que
los alimentos también comprenden
gastos del embarazo, desde la
concepción hasta la etapa del
postparto.
Art. 93 CNA: los padres están
obligados a prestar alimento a sus
hijos. Por ausencia de estos,
prestaran alimentos en el sgt.
orden:
1. Hermanos mayores de edad
2. Abuelos
3. Parientes colaterales hasta el 3er
grado
4. Otros responsables
Competencia facultativa
Domicilio del demandado
Representación procesal, Art. 561
CPC
Domicilio del demandante
Competencia por razón a la
materia
Juez de paz letrado
Fijación
Aumento
Reducción
Variación
Prorrateo
Exoneración
Extinción
Criterios para fijar los alimentos
El juez tiene en cuenta
a. Que el peticionante este en
estado de necesidad
b. Que el deudor alimentante
tenga la posibilidad económica de
ayudarle.
Que exista entre ambos
parentesco que exija la ley.
Obligación recíproca de alimentos
Art. 474 CC.
Se deben alimento
recíprocamente:
1. Los conyugues
2. Los ascendientes y
descendientes
Los hermanos
Fuentes del derecho alimentario
La ley
De mayor importancia
La voluntad
Permite que una persona a través
de un contrato o testamento pueda
otorgar alimentos a otro.
Características del
Derecho Alimentario
Personalísimo
Intransigible
Intransferible
Irrenunciable
Incompensable
Inembargable
Imprescriptible