recurso de ley

medio administrativo legal, cuyo fin es modificar, revocar o invalidar una resolucion judicial

en cualquier momento se puede desistir de los recursos de ley.

CLASIFICACIÓN.

Segun su procedencia

recurso ordinario o de derecho común: es aquel que la ley admite por regla general, en contra de toda clase de resoluciones

recurso extraordinario: es aquel que la ley admite exepcionalmente.

segun su conocimiento

recurso por vía de retractación o no devolutivo: es aquel que conoce el mismo juez o tribunal que dicto la resolución recurrida.

recurso por vía de reforma o devolutivo: es aquel que conoce el superior jerárquico del juez que pronuncio la resolución recurrida

segun su extencion

recurso de hecho o de derecho:

recurso de derecho.

TIPOS

Reposición

apelación

queja.

caracteristicas.

la apelación es un recurso ordinario.

se sustentan los motivos e inconformidad

el recurso de queja procede cuando se rechaza el recurso de apelación.

el recurso de reposicion pone en consideracion la autoridad administrativa que profirio el acto, con el fin de revocar o modificar la resolucion.

Terminos

reposición o apelación: 10 días hábiles después de notificar

queja: 5 días hábiles después de notificar