recurso de ley
medio administrativo legal, cuyo fin es modificar, revocar o invalidar una resolucion judicial
en cualquier momento se puede desistir de los recursos de ley.
CLASIFICACIÓN.
Segun su procedencia
recurso ordinario o de derecho común: es aquel que la ley admite por regla general, en contra de toda clase de resoluciones
recurso extraordinario: es aquel que la ley admite exepcionalmente.
segun su conocimiento
recurso por vía de retractación o no devolutivo: es aquel que conoce el mismo juez o tribunal que dicto la resolución recurrida.
recurso por vía de reforma o devolutivo: es aquel que conoce el superior jerárquico del juez que pronuncio la resolución recurrida
segun su extencion
recurso de hecho o de derecho:
recurso de derecho.
TIPOS
Reposición
apelación
queja.
caracteristicas.
la apelación es un recurso ordinario.
se sustentan los motivos e inconformidad
el recurso de queja procede cuando se rechaza el recurso de apelación.
el recurso de reposicion pone en consideracion la autoridad administrativa que profirio el acto, con el fin de revocar o modificar la resolucion.
Terminos
reposición o apelación: 10 días hábiles después de notificar
queja: 5 días hábiles después de notificar