Estan comprendidos en el alcance de este Codigo los profesionales y tecnicos en diferentes disciplinas, con la:
Contraloria General de la Republica
Unidades de auditoria interna de las entidades publicas
Este codigo
El Auditor Gubernamental debe practicar los siguientes principios éticos:
El Auditor Gubernamental debe ser honesto y desempeñar sus funciones con rectitud y dignidad
Conducta y Disciplina
El Auditor Gubernamental debe mantener una conducta que fortalezca el prestigio de su actividad profesional. Debe adherirse a las
Normativas administrativas y tecnicas
Politicas
EStablecidas por la Contraloria General de la Republica
Disposiciones Legales
Confidencialidad de la Informacion
Integridad y Probidad
La confidencialidad y la utilización prudente de la información son componentes básicos en el ejercicio de la auditoria gubernamental
Lealtad Institucional
El Auditor Gubernamental debe demostrar lealtad con el país, la sociedad y la entidad donde presta sus servicios, asi como con la profesion o la actividad que ejerce.
Desempe;o y Competencia Profesional
Independencia
El Auditor Gubernamental debe mantener y demostrar absoluta independencia de criterio con respecto al ejercicio de sus funciones.
Objetividad
El Auditor Gubernamental debe ser imparcial, objetivo y equitativo en el ejercicio de sus funciones y demostrarlo, evitando los conflictos de interés que comprometan su independencia y objetividad.
Desempeño Profesional
El Auditor Gubernamental debe aplicar, tanto en el desempeño de sus funciones como en la supervisión del trabajo de sus subordinados, juicios con sensibilidad profesional y moral.
Actividades Incompatibles
El Auditor Gubernamental debe abstenerse de ejercer la práctica profesional particular cuando ésta genere conflicto con las disposiciones de este Código, las normas del Sistema de Control Gubernamental o el marco de lealtad en el servicio de la entidad. Está impedido de participar en la administración de la institución donde ejerce el control gubernamental.
RESPONSABILIDAD
Prohibición de Recibir Beneficios
Interés Público y Valor Agregado
El Auditor Gubernamental debe abstenerse de recibir beneficios de cualquier naturaleza que comprometan o aparenten comprometer su independencia y objetividad, debiendo informar de estos hechos a sus superiores.
El Auditor Gubernamental, en todos los casos, debe servir con prioridad al interés público, honrar la confianza pública y demostrar su compromiso con la profesión o actividad que cumpla. Procurará mejorar la eficiencia, efectividad y economicidad de las operaciones en la entidad auditada en beneficio de esta última.
Rige el comportamiento individual que debe observar el Auditor Gubernamental en cumplimiento de sus responsabilidades en el ejercicio de sus atribuciones, determinadas por el sistema de Control Gubernamental