EVOLUCIÓN: como en cualquier organismo internacional, la evolución del pacto andino tiene sus altos y bajos comenzando con la integración de naciones y se caracterizó por aplicar políticas de protección a la industria.
PAÍSES MIEMBROS DE LA CAN
CONVENIO ANDRÉS BELLO
ACUERDO DE GARTAGENA
PARLAMENTO ANDINO
La comunidad andina es una organización subregional, de personería jurídica internacional constituida por bolivia, ecuador, colombia, perú y venezuela y está compuesta por los órganos e instituciones del sistema andino de integración.
UBICACION: esta ubicada en america del sur, los cinco países andinos agrupan mas de 30 millones de habitantes.
*promueve el desarrollo equilibrado de sus países con igualdad de condiciones. *acelera el crecimiento por la cooperación económica y social. *impulsa la participación en el proceso de integración regional. *procura un mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes.
propósito: tiene como propósito fomentar el crecimiento económico acorde con sus países en condiciones de igualdad.
En los 80 se decide abandonar el modelo cerrado y cambio a un modelo abierto y la confirmación de esta noticia le da prioridad a los temas comerciales y mercantiles.
en 1993 se suprimen de una ves por todas los aranceles y se forma una zona de libre comercio entre los países del pacto andino.
En el 2007 los presidentes de los países miembros estuvieron de acuerdo en impulsar una integración para proponer un acercamiento mas proporcionado e igualitario en aspectos: sociales, culturales, económicos, políticos, ambientales y comercio.
Topic flotante
Estados miembros Estado Plurinacional de Bolivia
República de Colombia (1969)
República del Ecuador (1969)
República del Perú (1969)
Estados asociados República Argentina (2005)
República Federativa de Brasil (2005)
República de Chile (2006)
República del Paraguay (2005)
República Oriental del Uruguay
La República de Chile abandonó el Acuerdo de Cartagena en 1976. Después, retornaría como miembro asociado de la CAN en 2006.
La República Bolivariana de Venezuela ingresó a la CAN en 1973. Se retiró en 2006 de la Comunidad como protesta a los futuros TLC que firmaron Colombia y Perú con Estados Unidos.
LINEAMIENTOS: Zona libre de comercio y posteriormente una unión aduanera que propiciará las condiciones para un mercado común y que la integración se apoyen en armonizar planes de desarrollo de los países miembros
Topic flotante
el acuerdo de cartagena es un instrumento juridico con el que se puso en marcha el proceso de integracion
fue suscrito de 26 de mayo de 1969
Los objetivos del Acuerdo de Cartagena son: 1 Promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros (Perú, Colombia, Ecuador, Bolivia ) 2 Acelerar su crecimiento y la generación de ocupación. 3 Facilitar su participación en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano. 4 Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico internacional. 5 Fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los Países Miembros.
El Convenio Andrés Bello (CAB) es una organización intergubernamental de integración educativa, científica, tecnológica y cultural en el ámbito iberoamericano. Fue creada con el fin de contribuir al desarrollo equitativo, sostenible y democrático de los países miembros, a partir del Tratado suscrito en Bogotá, el 31 de enero de 1970, sustituido en Madrid en 1990.
El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control de la Comunidad Andina. Fue creado el 25 de octubre de 1979 en La Paz, a través del Tratado Constitutivo suscrito por los cancilleres de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.
Subtema
La misión del Parlamento Andino no era legislar, sino representar a los pueblos y ciudadanos en el proceso de integración, a través de recomendaciones a la CAN, inanes en la realidad ya que los gobiernos de los respectivos países en su calidad de Estados son los últimos en acoger o no las decisiones como cualquier recomendación en su sentido corriente dentro del Derecho internacional.