Kategóriák: Minden - agrario - aeronáutica - civil - público

a Analí Toledo 7 éve

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División del Derecho

El derecho se divide en dos grandes áreas: el derecho privado y el derecho público. El derecho privado se enfoca en la regulación de las relaciones y actividades de los particulares, incluyendo el derecho civil, que administra los vínculos personales y patrimoniales entre ciudadanos; el derecho comercial, que rige las actividades de los empresarios; y el derecho agrario, que regula las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

División del Derecho

División del Derecho

Derecho Privado: es el que se refiere a la utilidad de los particulares; es decir el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades.

Derecho agrario: se ocupa de regular jurídicamente la actividad agrícola, entendiéndose por tal, la agricultura, la ganadería y la silvicultura (actividad forestal) y actividades a ellas conexas.
Derecho aeronáutica: Es una rama del Derecho relativamente nueva, ya que el hombre tardó en conquistar el espacio aéreo, pero cuando lo hizo, ahorró tiempo y redujo distancias.
Derecho internacional privado: se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.
Derecho industrial: el conjunto de materias cuyo núcleo más importante era el constituido por las relaciones económico-sociales entre patronos y obreros y por las instituciones estatales de previsión social.
Derecho comercial: es el ordenamiento privado propio de los empresarios y de su estatuto, así como la actividad externa que estos realizan por medio de una empresa.
Derecho civil: El derecho civil es aquel que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí. Se trata del conjunto de normas jurídicas que rigen los vínculos personales o patrimoniales entre personas privadas, ya sean físicas o jurídicas, tanto de carácter privado como público.

Derecho Público: se puede definir como un conjunto de normas que regulan jurídicamente la organización y funcionamiento del estado, así como las relaciones entre los ciudadanos y el Estado.

Derecho internacional público: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los Estados, establece los derechos y deberes de los Estados en la comunidad internacional; determina las competencias de cada Estado y reglamenta las organizaciones e instituciones de carácter internacional.
Derecho eclesiástico: es el conjunto de normas jurídicas que los Estados dictan, en el marco de su propio ordenamiento jurídico, para regular los aspectos sociales de los fenómenos religiosos. No debe confundirse con el Derecho religioso.
Derecho registral: Un sistema registral es una ordenación lógica y coherente de elementos para lograr la seguridad jurídica en una determinada parcela de la vida social. Derecho notarial: La asignatura consiste en conocer los fundamentos de la función notarial y su importancia para la seguridad jurídica, elemento esencial para las relaciones entre las personas. Contiene: el Notario y la Función Notarial, con amplitud a los instrumentos públicos que él produce en todas sus variedades, su formación, conservación y reproducción o traslados, su eficacia jurídica, la fe pública, los principios que rigen al Sistema Latino, la organización del Notariado en el Perú.
Derecho tributario: es una rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común.
Derecho administrativo: se encarga de la regulación de la administración pública. Se trata, por lo tanto, del ordenamiento jurídico respecto a su organización, sus servicios y sus relaciones con los ciudadanos. El derecho administrativo puede enmarcarse dentro del derecho público interno y se caracteriza por ser: Común, Autónomo, Local y Exorbitante.
Derecho procesal Penal: es el conjunto de normas que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin: la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como función investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso.
Derecho procesal civil: es la rama del derecho público y del derecho procesal que regula y estudia los procedimientos civiles. A través del cual los “sujetos de derecho” recurren al órgano jurisdiccional para hacer valer sus propios derechos y resolver incertidumbres jurídicas.
Derecho constitucional: regula la organización del gobierno con sus tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial.