a Keirys Cantillo 8 hónapja
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El Capítulo 5 del Manual , titulado "Habilitación del Servicio Farmacéutico", describe los requisitos para la habilitación de este servicio. Uno de estos requisitos es la existencia de una estructura funcional definida que asegure el correcto funcionamiento del servicio. Según el Manual, la estructura funcional del servicio farmacéutico debe incluir las siguientes áreas o unidades :
El Manual también establece que la estructura funcional específica del servicio farmacéutico puede variar dependiendo del tamaño y complejidad del proveedor de atención médica. Sin embargo, es fundamental que la estructura esté claramente definida y que cada área o unidad tenga responsabilidades y funciones claras.
Área de Farmacovigilancia: Responsable de monitorear la seguridad y eficacia de medicamentos y dispositivos médicos.
Área de Atención Farmacéutica: Responsable de brindar atención farmacéutica a los pacientes, incluyendo asesoramiento sobre el uso de medicamentos y dispositivos médicos.
Área de Dispensación: Responsible for the dispensing of medicines and medical devices to patients.
Área de Adquisición y Control de Inventarios: Responsible for the acquisition, storage, and control of medicines and medical devices.
Dirección o Jefatura: Responsable de la gestión y dirección general del servicio farmacéutico.
Educación sanitaria: El decreto destaca la importancia de la educación sanitaria como parte del servicio farmacéutico. Señala que el servicio farmacéutico debe incluir actividades de educación sanitaria para los pacientes y la comunidad.
Vigilancia de medicamentos: El decreto menciona la importancia de la vigilancia de medicamentos para garantizar su seguridad y eficacia. Establece que el Ministerio de Salud y Protección Social debe realizar actividades de vigilancia de medicamentos.
Dispensación de medicamentos: El decreto establece que la dispensación de medicamentos debe realizarse por personal farmacéutico idóneo. Señala que la dispensación debe ir acompañada de información y asesoría al paciente sobre el uso adecuado del medicamento.
Atención farmacéutica: El decreto reconoce la importancia de la atención farmacéutica como un componente esencial del servicio farmacéutico. Define la atención farmacéutica como un proceso orientado a promover el uso racional de los medicamentos y dispositivos médicos.
Medicamentos y dispositivos médicos: El Decreto 780 de 2016 incluye a los medicamentos y dispositivos médicos como parte integral del PBS. Define que el PBS debe cubrir medicamentos esenciales, los cuales son aquellos considerados indispensables para la atención en salud y que deben estar disponibles para toda la población. Establece que los medicamentos y dispositivos médicos cubiertos por el PBS deben cumplir con criterios de calidad, seguridad y eficacia.
Disposiciones adicionales: Vigilancia y control del servicio farmacéutico. Capacitación del personal. Investigación y desarrollo en el ámbito farmacéutico. Participación de los usuarios en el servicio farmacéutico.
Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos: Establece los requisitos mínimos que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para garantizar la calidad y seguridad del servicio farmacéutico. Incluye capítulos sobre talento humano, infraestructura, procesos, sistema de información y autoevaluación y mejora continua.
Componentes del Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico
Autoevaluación y mejora continua: Proceso de autoevaluación y mejora continua para identificar oportunidades de mejora en la calidad de los servicios prestados.
Sistema de información: Sistema de información que permita registrar, procesar y analizar datos relacionados con las actividades y/o procesos del servicio.
Procesos: Procesos definidos y documentados para garantizar la calidad y seguridad de los servicios prestados.
Infraestructura: Infraestructura adecuada para el almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos.
Talento humano: Personal calificado e idóneo.
Ámbito de aplicación: Se aplica a todas las personas que realicen actividades y/o procesos del servicio farmacéutico en Colombia. Incluye a prestadores de servicios de salud y establecimientos farmacéuticos.
Atención farmacéutica: Brindar atención farmacéutica a los pacientes para garantizar el uso racional de los medicamentos y dispositivos médicos.
Suministro: Suministrar medicamentos y dispositivos médicos de manera oportuna, segura y eficaz.
Prevención: Prevenir la aparición de enfermedades relacionadas con el uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
Promoción: Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.