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a Yurbi Cortez 10 hónapja

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la Confesión como medio probatorio y sus requisitos

La confesión es un medio probatorio en el sistema judicial que permite a los acusados declararse culpables, promoviendo la transparencia y facilitando una resolución más rápida de los casos.

la Confesión como medio probatorio y sus requisitos

la Confesión como medio probatorio y sus requisitos

Contras (desventajas)

La confesión puede ser coercitiva, especialmente si se obtiene mediante tortura o trato inhumano puede ser pura y simple (reconoce el hecho sin agregar o modificar circunstancias), compleja (agrega otros hechos desligados al controvertido) o calificada (atribuye una distinta significación jurídica al hecho). Es un medio probatorio indirecto, ya que el juez toma conocimiento de los hechos a través del relato del confesante.
Puede haber barreras lingüísticas o culturales que dificulten la comprensión y el uso adecuado de la confesión como prueba
La confesión puede no ser suficiente como prueba única en casos complejos y puede requerir evidencia adicional para respaldarla
Algunos acusados ​​pueden ser vulnerables y pueden ser fácilmente influenciados para hacer una confesión falsa
Existe la posibilidad de que las confesiones sean falsas

debido a la presión psicológica o a la manipulación por parte de las autoridades

Clasificaciones de la confesión: Judicial: Se presta ante el tribunal que conoce del proceso. Extrajudicial: Se rinde en otro proceso o fuera de él. Espontánea: Sin requerimiento de parte o del tribunal. Provocada: A requerimiento de parte durante el proceso. Expresa: Reconoce los hechos explícitamente. Tácita: No concurre a la diligencia de absolución de posiciones. Requisitos de validez de la confesión: Debe ser prestada por persona capaz de obligarse. Debe versar sobre hechos que produzcan consecuencias jurídicas adversas al confesante o favorables a la parte contraria. No debe existir otro medio de prueba exigido por la ley.

Clasificaciones de la confesión:

Judicial: Se presta ante el tribunal que conoce del proceso.

Extrajudicial: Se rinde en otro proceso o fuera de él.

Espontánea: Sin requerimiento de parte o del tribunal.

Provocada: A requerimiento de parte durante el proceso.

Expresa: Reconoce los hechos explícitamente.

Tácita: No concurre a la diligencia de absolución de posiciones.

Requisitos de validez de la confesión:

Debe ser prestada por persona capaz de obligarse.

Debe versar sobre hechos que produzcan consecuencias jurídicas adversas al confesante o favorables a la parte contraria.

No debe existir otro medio de prueba exigido por la ley.


Por medio de la confesión, una de las partes acepta o declara sobre la efectividad de un hecho que sirve de fundamento a las peticiones de la contraparte. Está reglamentada en los artículos 1.400 al 1.405 del Código Civil Venezolano y en el Código de Procedimiento Civil.

Permite que los acusados ​​se declaren culpables y asuman la responsabilidad de sus acciones

Puede ayudar a las víctimas a obtener justicia y cerrar el capítulo del delito
Fomenta la transparencia y la sinceridad en el sistema de justicia penal
Puede conducir a una resolución más rápida y menos costosa del caso
Promueve la eficiencia en los procesos judiciales al eliminar la necesidad de pruebas adicionales