a wilton arley garcia 10 éve
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El auto que revoca el mandamiento de pago es susceptible del recurso de apelación en el efecto suspensivo porque así lo manda el artículo 438 del CGP, y ahí se cierra el debate. Consideramos que el frustrado ejecutante no puede desglosar el mismo título e intentar de nuevo la ejecución en un juzgado distinto,
auto que revoque el mandamiento de pago
dentro de los cinco (5) días siguientes
solicita
si
convertirse
proceso declarativo
no
fin
proceso ductil
el juez revoca amandamiento de pago
si no la propone
renuncia
el acreedor por una sola vez se le concede el derecho mediante requerimiento.
formalidad de un escrito mediante el cual lo requiere para el pago de lo adeudado y que considera interrumpida la prescripción.