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a Edgardo pertuz 3 éve

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Organigrama

Un contrato es un acto voluntario en el cual una persona se compromete a cumplir con una obligación hacia otra, ya sea para dar o hacer algo. Este acto puede involucrar a dos o más individuos, donde cada parte asume responsabilidades en beneficio de la otra.

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elementos del contrato y los tipos de contrato

Teniendo en cuenta el artículo 1495 del Código Civil, se conoce como contrato al acto voluntario de una persona de adquirir una obligación para con otra persona. Bien puede ser para dar o hacer una cosa. Vale mencionar que el contrato puede implicar a dos o más personas; donde ambas adquieren responsabilidades a beneficio de la otra parte.

Elementos del Contrato
Elementos formales: La forma es el conjunto de signos mediante los cuales se manifiesta el consentimiento de las partes en celebrar el contrato. En algunos contratos es posible que se exija una forma específica de celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma escrita, la firma ante notario o ante testigos, etc.
Elementos reales: Lo integran el objeto del contrato y su causa.
Elementos personales: Los sujetos del contrato pueden ser personas físicas o jurídicas con la capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse.
Tipos de contrato
Según su ejecución

Contratos de ejecución sucesiva, a saber aquellos donde los efectos se prolongan con el tiempo (arrendamiento).

Contratos de ejecución inmediata, aquellos que tienen un efecto instantáneo (compra-venta).

Según los requisitos de validez

Consensual, es decir, que se hace perfecto solo con el consentimiento de las partes (compra-venta).

Solemne, sujeto al cumplimiento de formalidades especiales establecidas en la ley (contrato de hipoteca).

Real, que da a entender que se necesita la tradición de la cosa para ser válido (comodato).

Según la existencia del contrato

Accesorio, que necesitará de otro contrato para poder existir (prenda).

Principal, que da a entender que puede existir por sí solo (arrendamiento).

Según quien reciba el beneficio

Contrato oneroso, entendiéndose como un contrato que beneficia a ambas partes (contrato de trabajo).

Contrato gratuito, a través del que solo una de las partes obtiene el beneficio (una donación).

Según quien adquiera la obligación

Contrato bilateral, donde todas las partes adquieren obligaciones (contrato de compra-venta)

Contrato unilateral, que obliga solo a una de las partes (por ejemplo, un contrato de préstamo).