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a jesy martinez 4 éve

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TOMA DE DECISIONES DIRECTIVAS

En México, el salario mínimo para 2020 se establecerá en 123.22 pesos a nivel nacional y 185.56 pesos en la frontera norte. Este incremento del 20% incluye un aumento del 5% al salario real y 14.

TOMA DE DECISIONES DIRECTIVAS

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Derecho

Derecho Laboral
Salario

Características del salario

El salario en esencia ha de ser principal y obligatoria mente dinero, además, como parte adicional y opcional, puede incluir remuneración en especie, dependiendo de los términos del contrato. Si la periodicidad del salario es diaria, se le llama “jornal”. Además del salario en sí, podemos añadir el pago de primas, pagas extraordinarias, horas extras y demás remuneraciones por peligrosidad, nocturnidad, etc.

Es el pago que recibe periódicamente una persona por la realización de su trabajo. Para ello, empleado y empleador se comprometen mediante la informatización de un contrato, por el cual el empleador paga un salario a cambio del trabajo del empleado. Dicho trabajo puede traducirse en la creación de un bien o la prestación de un servicio, por cuenta ajena.

salario minimo

El salario mínimo en 2020 será de 123.22 pesos a escala nacional y de 185.56 pesos en la frontera Norte. La cifra del incremento a escala nacional de 20% contempla un aumento del 5% al salario real y 14.67 pesos como parte del Monto Independiente de Recuperación. El salario mínimo es la remuneración económica mínima que debe recibir una persona por desempeñar un trabajo en una jornada laboral completa, que en México es de ocho horas. El lunes 16 de noviembre, el gobierno federal, grupos obreros y empresarios anunciaron un incremento de 20% al salario mínimo, el cual entrará en vigor a partir del primero de enero del 2020. El salario mínimo a nivel nacional pasará de 102.68 pesos al día a 123.22 pesos. Para la zona libre de la frontera Norte, en colindancia con Estados Unidos, se incrementará un 5% de 176.72 pesos a 185.56 pesos al día, informó la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami). Esto significará que mensualmente los trabajadores tendrían que recibir como mínimo 3,746 pesos mensuales, a escala nacional, y 5,641 pesos al mes en la frontera Norte.

Trabajos en relación con las jordanas de trabajo

¿Que es una jornada de trabajo?

La jornada laboral, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, es el tiempo durante el cual el colaborador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Las compañías definen la Jornada Laboral para sus colaboradores de acuerdo a las necesidades y a las políticas de la compañía, bajo el marco regula torio de la ley. En las organizaciones se establece el tiempo de Jornada Laboral para el colaborador, en el momento de la contratación y queda establecido en el contrato de trabajo. El patrón fijará la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales. Los colaboradores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado o cualquier modalidad equivalente de descanso.

Tipos de jornadas

Casos extraordinarios en la Jornada Laboral Pago del tiempo extraordinario en la Jornada Laboral Jornada Laboral de medio tiempo Períodos de descanso durante la Jornada Laboral

Toma de Desiciones en Grupo

Articulos
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año. Artículo 78.- Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos. Artículo 79.- Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones. Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.
días de vacaciones
Lo siguiente se ejemplifica de la siguiente forma: Año 1: 6 días Año 2: 8 días Año 3: 10 días Año 4: 12 días De 5 a 9 años: 14 días De 10 a 14 años: 16 días De 15 a 19 años: 18 días De 20 a 24 años: 20 días De 25 a 29 años: 22 días De 30 a 34 años: 24 días De 35 a 39 años: 26 días