¿ QUE ES SER "PERSONA" PARA EL DERECHO?

ALUMNA: Shakiris Graciela Palomino Chavez

CURSO: DERECHO CIVIL I

DOCENTE: EDWIN BEIZAGA MORMONTOY

La persona como tema central del D°

El hombre es ciertamente el centro del D°

La persona se a convertido en el centro de la meditación humana

A mediados del XX el concepto de personas era considerado por los juristas y jus-filósofos casi unánime.

La persona es actualmente considerada el eje y el centro del D°

Por otro lado también se debió superar la concepción individualista-patrimonialista ya que este se preocupo dar protección jurídica a los intereses materiales de la persona.

La filosofía de la existencia ha permitido comprender la naturaleza misma del ser humano.

Esta filosofía surgió a mediados del siglo XX en medio de las 2 guerras mundiales.

Es ala sombra de esta que se produce la revalorizacion de la persona humana

Por tanto a la persona se percibe como creadora, destinataria y protagonizadora del D°.

Confusión acerca del significado de persona

De persona a mediados del siglo XX, no resulta ni clara ni precisa

No reunía las dos condiciones que exigía Alfredo Orgaz

los juristas al desentrañar la noción básica de persona logran una confusión "que ha embarullado de modo lamentable el pensamiento jurídico"

los sociólogos y los juristas han creado una variada literatura en torno al concepto de persona

Probables causas de la confusión en torno a la noción de persona

La persona como tema de diversas disciplinas de saber

El significado de derecho no solo es de materia de indagación e interés para el derecho si no que también lo es para diversas disciplinas del saber

El problema en torno a la persona no era ni propio ni exclusivo del derecho

LUIS MARIA ESTIBALEZ

Uno de los mas llevados y traídos en las Ciencias del Espíritu y uno de los pocos que tiene tanta importancia y que suscitan tanta discusiones.

Carácter jus-filosófico de la indagación a emprender

La tarea de los filósofos del derecho es encontrar respuestas a los problemas relativos al ser humano

El derecho y la persona van estrechamente ligados, pero si no se conoce bien que es la persona tampoco se podrá entender la naturaleza y función del derecho.

Este tema es de índole filosófico antes que jurídico.

El conocimiento científico es, por su propia naturaleza, parcial y fragmentario. La ciencia vale para dar razón, mas no para brindar una respuesta

La cuestión etimológica

el significado de la persona aun es muy confusa y se discute el origen si es que este es griego, latín o etrusco.

STOWASSER (dice que proviene de un participio personatus, a,um, de una voz que se encuentra en Plauto: sona

SKUTSCH: la palabra "persona" tendría su origen en la voz persu proveniente del etrusco.

Confusión histórica sobre la significación del vocablo "persona"

En Roma

el termino fue utilizado en el teatro en sentido de la palabra "mascara"

los pandectistas

En un escenario jurídico apareció la persona jurídica llamada así para poder distinguirla de la persona natural, esta era una persona "artificial" creada por el derecho.

propugnamos una concepción tridimensional de la persona jurídica que es una "organización inscrita en un "registro publico"el cual es atribuido con derechos y deberes.

Confusión entre los conceptos de "persona" y de "personalidad"

un sector de la doctrina considera como sinónimos los conceptos de "persona" y de "personalidad"

Ferrara considera que "personalidad" es una cualidad jurídica que debe acceder a determinado sustrato que es la "persona"

"Persona es el "ente que cada uno es" y "personalidad" es la proyección del ente "que cada uno es " hacia el exterior

el termino "personalidad es inútil e innecesario

de allí que la noción de "personalidad" no puede sustituir ni al "ente" que es sujeto de derecho

el concepto de "personalidad" ni sustituye al "ente" ni a su capacidad inherente conocida como "capacidad de goce"

Ser humano, persona, hombre, individuo

ser humano

se atribuye a todos los entes de nuestra especie denominada, precisamente, "humana".

ser humano y "persona"

el ser humano es el espíritu de libertad, a este ente se le designa filosoficamente como "persona".

hombre y "ser humano"

se designa comúnmente como "hombre" al ser humano a la persona, pero el concepto de hombre se designa al genero de la persona "hombre" y "mujer", respectivamente, al macho y a la hembra de las especies humanas.

individuo y "persona"

el termino "individuo" se designa, comúnmente, a un solo ser humano osea a una sola persona, este termino carece de carga ideológica alguna.

EL VUELCO HISTÓRICO SOBRE LA CONCEPCIÓN DEL DERECHO Y LA PERSONA EN LA PRIMERA MITAD DEL SIGLO XX

Esta restauración filosófica se debe a aquellos hallazgos de la filosofía a través de pensamientos de folosofos como Sartre, Heidegger, Marcel, etc.

la raíz de esta concepción se encuentra en el cristianismo ya que estos afirman que la persona es libre ya que si no lo fuera no se explicaría el significado del pecado, etc.

el derecho y la persona esta estrechamente ligados desde que el derecho forma parte del ser humano ya que uno no puede vivir sin el otro.

LA PERSONA EN LA FILOSOFÍA Y EN EL DERECHO

La filosofía en general y la filosofía del derecho en particular se preocupan por aproximarse a la real y peculiar estructura del ente "persona".

en el derecho cualquier posición que se adopte sobre "persona" debe estar enraizada en la filosofía general y en la filosofía del derecho.

la persona es el mismo ente tanto para la filosofía , para el derecho, como para todas las disciplinas del saber humano.

la filosofía tiende a determinar la naturaleza del ser humano y al derecho mas bien le interesa el ser humano pero como "sujeto de derecho"

GUIDO GONELLA

Para la filosofia

la persona es considerada como "hombre"

para el derecho

la persona es considerada sujeto de derecho

SUJETO DE DERECHO Y PERSONA

EXISTEN CUATRO TIPOS

Sujeto de derecho es un ente al se le imputan situaciones jurídicas subjetivas osea derechos y deberes, toda persona es sujeto de derecho

ser humano concebido

la persona como ser humano nacido

persona natural

persona que tiene derecho de goce

organización de personas no inscritas

organizacion de personas que no estan inscritas ni son reconocidas por el estado

los pandectistas fueron los que repudiaron la idea de las personas no inscritas así que intentaron borrarla.

la persona jurídica

organización de personas que, por el hecho formal de su inscripción, se convierte en lo que, impropiamente, se le designa "persona jurídica"

LA PERSONA EN LA CONCEPCIÓN TRADICIONAL DE LOS JURISTAS

Posición formalista sobre la persona

los juristas de formación normativista-formalista consideraban que el derecho se reducía a la normatividad y el de sujeto de derecho emergía.

Hans Kelsen nos dice que la "persona" no es sino un conjunto de normas.

Guillermo Borda nos dice que la verdad axiomática y elemental de que le hombre es la persona natural y física ha quedado "esfumada en la doctrina moderna"

Ferrara considera que la persona, ya sea individual o colectiva, no es una realidad sino una categoría jurídica formal.

la historia nos demuestra que en Roma se concedió esta categoría de persona a algunos dioses como es el caso de apolo o júpiter y en los derechos orientales se reconocía como dotados de esta categoría a las plantas, animales,a las cosas inanimadas.

Visión realista

Para esta corriente del pensamiento la persona no es un producto del O.J. positivo este se constituye como una realidad natural.

Para Colin y Capitant los seres humanos son los sujetos de derecho, las personas propiamente dichas.

Borell sostiene que la persona es el hombre con independencia del reconocimiento del derecho objetivo.

Gonella "que la persona es inseparable del hombre, y es tal en el hombre"

Teoría ecléctica

teoría realista incide en el aspecto ético-jurídico del problema con prescindencia del aspecto dogmático y la teoría formalista se preocupa tan solo del angulo normativo dejando de lado la realidad existencial.

concepción tridimensional de la persona

la interacción dinámica entre vida humana social, valores y normas jurídicas.