Asamblea Nacional Constituyente

¿cuando se creo?

su origen data del 17 de junio del año 1789

derivada de una crisis económica debido a las malas cosechas y las grandes sequías.

el rey Luis XVI convoco a una reunión a los tres
estados generales: el clero, la nobleza y la burguesía

el objetivo de esta reunión era acabar con los privilegios de la nobleza y empezaran a pagar impuestos.

esto a la gran mayoría de nobles y cleros no les agrado y votaron en contra.

dato curioso: Los nobles en la
antigüedad no pagaban determinados
impuestos.

mientras que la burguesía apelaba por la clase media y
pueblos pugnaba por cambios.

este evento pasaría a llamarse asamblea nacional, la cual era una reunión de los tres poderes estados, la cual cada poder tenia un voto para resolver las discusiones.

dato curios: tanto la nobles como el clero siempre votaban en contra mientras que la burguesia pugnaba por reformas y democratización del poder.

¿cuantas personas lo conforman?

La Asamblea Nacional de la República del Ecuador . Es un parlamento unicameral formado por 137 asambleístas repartidos en 12 comisiones permanentes.

Su lema es:
Legislamos para la vida.

Asamblea Nacional del Ecuador

Asamblea Nacional del Ecuador

En la constitución del 2008/art 118 dice que:
La Asamblea Nacional se integrará por:
1. Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional.
2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al último censo nacional de la población.
3. La ley determinará la elección de asambleístas de regiones, de distritos metropolitanos, y de la circunscripción del exterior.

¿cuales son los requisitos
para ser asambleísta?

según la constitución del 2008/art 119 dice que:
Para ser asambleísta se requerirá tener:
-nacionalidad ecuatoriana
-haber cumplido dieciocho años de edad al momento de la inscripción de la candidatura
-estar en goce de los derechos políticos.

¿que no puede realizar un
asambleísta?

según la constitución del 2008/art 127 dice que:
Las asambleístas y los asambleístas no podrán:
1. Desempeñar ninguna otra función pública o privada, ni dedicarse a sus actividades profesionales
si fueran incompatibles con su cargo, excepto la docencia universitaria siempre que su horario lo permita.
2. Ofrecer, tramitar, recibir o administrar recursos del Presupuesto General del Estado, salvo los destinados al funcionamiento administrativo de la Asamblea Nacional.
3. Gestionar nombramientos de cargos públicos.
4. Percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleístas.
5. Aceptar nombramientos, delegaciones, comisiones o representaciones remuneradas de otras funciones del Estado.
6. Integrar directorios de otros cuerpos colegiados de instituciones o empresas en las que tenga participación el Estado.
7. Celebrar contratos con entidades del sector público.

caso de los carnets de discapacidad falsos

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¿que es el poder
constitucional?

Poder constitucional es la denominación del poder que tiene la atribución de establecer la norma fundamental de un ordenamiento jurídico

¿quien otorga el
poder constitucional?

el presidente o representante del país que
este en ese momento o fuera elegido por el pueblo.

¿que atribuciones y
deberes debe cumplir
un asambleísta?

según la constitución del 2008/art 120 debe cumplir con:
1. Posesionar a la Presidenta o Presidente y a la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República proclamados electos por el Consejo Nacional Electoral. La posesión tendrá lugar el 24 de mayo del año de su elección.
2. Declarar la incapacidad física o mental in habilitante para ejercer el cargo de Presidenta o Presidente de la República y resolver el cese de sus funciones de acuerdo con lo previsto en la Constitución.
3. Elegir a la Vicepresidenta o Vicepresidente, en caso de su falta definitiva, de una terna propuesta por la Presidenta o Presidente de la República.
4. Conocer los informes anuales que debe presentar la Presidenta o Presidente de la República y pronunciarse al respecto.
5. Participar en el proceso de reforma constitucional.

¿que artículos también deben
cumplir los asambleístas?

Los asambleístas también debe cumplir los artículos 121 hasta el 127 los cuales son:

articulo 121:
La Asamblea Nacional elegirá a una Presidenta o Presidente y a dos Vicepresidentas o Vicepresidentes de entre sus miembros, para un período de dos años, y podrán ser reelegidos

articulo 122:
El máximo órgano de la administración legislativa se integrará por quienes ocupen la Presidencia y las dos Vicepresidencias, y por cuatro vocales elegidos por la Asamblea Nacional de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas

articulo 123:
La Asamblea Nacional se instalará en Quito, sin necesidad de convocatoria, el catorce de
mayo del año de su elección. El pleno sesionará de forma ordinaria y permanente, con dos recesos
al año de quince días cada uno. Las sesiones de la Asamblea Nacional serán públicas, salvo las
excepciones establecidas en la ley.

articulo 124:
Los partidos o movimientos políticos que cuenten con un número de asambleístas que represente al menos el diez por ciento de los miembros de la Asamblea Nacional podrán formar una bancada legislativa. Los partidos o movimientos que no lleguen a tal porcentaje podrán unirse con
otros para formarla.

articulo 125:
Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Asamblea Nacional integrará comisiones especializadas permanentes, en las que participarán todos sus miembros. La ley determinará el número, conformación y competencias de cada una de ellas

articulo 126:
Para el cumplimiento de sus labores la Asamblea Nacional se regirá por la ley correspondiente y su reglamento interno. Para la reforma o codificación de esta ley se requerirá la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea

¿quien representa a la
asamblea hoy en día?

actualmente la que ocupa este puesto es Esperanza Guadalupe Llori Abarca, la cual también es la primera mujer indígena en la historia del ecuador en dirigir el poder legislativo, así como también la primera miembro del movimiento plurinacional pachakutik en alcanzar dicho cargo. en el año 2000 fue elegida como alcaldesa de Puerto Francisco de Orellana, en 2008 fue elegida prefecta de orellana, pero fue destituida del cargo y pasar meses encarcelada tras ser acusada de sabotaje y terrorismo por Rafael Correa debido a que participo en las huelgas de la población Dayuma en contra de las empresas petroleras.

Esperanza Guadalupe Llori Abarca

Esperanza Guadalupe Llori Abarca