DECRETO 3011 DE DICIEMBRE 19 DE 1997

CAPITULO I Aspectos Generales

Educación para Adultos

Principios Básicos de la educación de adultos

Desarrollo humano integral

Pertinencia

Flexibilidad

Participación

Ley 115 de 1994

Ley 115 de 1994

Son propósitos de los programas de educación de adultos

Promover el desarrollo ambiental, social y comunitarios, fortaleciendo el ejercicio de una ciudadanía moderna

Contribuir, mediante alternativas flexibles y pertinentes, a la formación científica y tecnológica que fortalezcan el desarrollo de conocimientos.

Desarrollar habilidades

Propiciar oportunidades para la incorporación de jóvenes y adultos en procesos de educación formal, no formal e informal

Recuperar los saberes, las experiencias y las practicas de los adultos

CAPITULO II

la educación de adultos ofrece programas como

Alfabetización

Educación básica y media

Educacion no formal

Educación informal

CAPITULO V Disposiciones finales y vigencia

ingreso de los educadores

CAPITULO III Orientaciones Curriculares

Sección Primaria

Las instituciones deberán atender las orientaciones curriculares generales, atendiendo las necesidades de la población. LA DURACIÓN DE LOS PROGRAMAS TENDRÁ FLEXIBILIDAD

Sección Segunda

Educación básica formal de adultos Contenido en los lineamientos de los procesos curriculares del servicio publico educativo establecidos por el MEN

Podrán ingresar a la educación básica formal

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La educación básica formal, se desarrolla en 4 ciclos lectivos cada uno de cuarenta semanas, la educación mínima sera ofrecido de manera presencial, semi presencial o abierta a distancia. En el plan de estudios deberán incluirse el procedimiento de evaluación y promoción por logros.los ciclos lectivos especiales integrados se organizaran de tal manera que la formación y los logros alcanzados tengan la siguiente correspondencia con los ciclos lectivos regulares de la educación básica.

Personas con (13) años o mas que no ha ingresado a ningún grado de escolaridad primaria

Personas con 15 años o mas que hayan finalizado el ciclo de primaria.

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estas personas debe mostrar que han estado en un servicio publico de 2 o mas años

Las personas menores de 13 años que no han asistido a la primaria o habiéndolo hecho, deberán ser recibidos en los establecimientos educativos que ofrece la educación formal en ciclos regulares

Sección Tercera

Educación media de adultos se ofrecerá en dos ciclos lectivos especiales integrados a las personas que hayan obtenido el certificado de estudios del bachillerato básico o las personas de 18 años o mas que hayan acreditado el noveno grao de la educación básica.

CAPITULO IV Organización y Fundamento

Ofrecer programas dirigidos a la población adulta, para prestar el servicio deberá cumplir con los siguientes requisitos.

Obtener la licencia de funcionamiento o el reconocimiento de carácter oficial

Tener un proyecto educativo Institucional

Disponer de una estructura, una planta fisica y medios educativos adecuados.

Deberán organizar un gobierno escolar conformado por el rector, el consejo directivo y académico.

Podran ofrecer programas en seccionales o crear centros regionales, zonas locales, fuera de la sede siempre y cuando esten en el mismo departameto

para que la institución obtenga la licencia de funcionamiento, deberá:

Hacer las solicitud por escrito

Presentar un proyecto educativo institucional

Disponer de la infraestructura adecuada

PRESENTADO POR:

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