DERECHO DE RETRACTO

FUNDAMENTOS TRADICIONALES

Importancia social y económica del retracto:

.IMPORTANCIA SOCIAL: Sucede en el supuesto del inquilino, cuando existe un interés social del legislador de otorgar un derecho especial.

IMPORTANCIA ECONÓMICA: Referencial al derecho de retracto de los copropietarios, litigantes, usufructuarios y superficiarios,

Subtopic

El retracto no limita la libertad de contratar :

No limita el derecho de disposición del enajenante, sino el derecho de propiedad de quien adquiere por compra - venta.^

a) VENDEDOR: Recibirá el íntegro del precio convenido.

c)RETRAYECTE:adquiere la propiedad, pagando las condiciones establecidas en el contrato.

b) ORIGINAL COMPRADOR: El queda igual a como estaba antes de la transferencia , por motivo que el retrayente debe reembolsar.

d) TERCEROS: No se perjudican, se benefician cuando su utilización tiene un beneficio implicado

FUNDAMENTOS DE SU
REGULACIÓN LEGAL

Nuestra legislación mantiene la institución del retracto para proteger intereses.

El legislador sacrifica el principio de la autonomía de la voluntad.

Al permitir que un tercero ajeno a las partes pueda adquirir un bien contra la voluntad de ellas.

UBICACIÓN LEGAL Y CARÁCTER

Según la comisión revisora se mantiene la tradición jurídica de los códigos civiles de 1852 y 1936.

Regular el retracto como un Capítulo de la compraventa.

Es este contrato el que generalmente da origen al retracto.

El derecho a retraer sólo tendrá el derecho real de propiedad cuando se ampare su pretensión.

En ese momento dejará de ser retrayente y pasará a convertirse en titular del dominio del bien.

Topic principal

NOMENCLATURA

Ter figuras reguladas en el código civil

Sustitución de poder ( articulo 157)

La sustitución en la herencia (articulo 740)

Derecho de retracto, que se proponía designar como derecho de sustitución (articulo 1592)

CONCEPTO

Figura cuyo objeto es entablar una relación contractual y autorizarlo a actuar en nombre del comprador. Sin embargo, no es apto para evitar la transferencia

CARACTERÍSTICAS

Su condicionamiento legal: no es extenso y responde necesidades de orden público.

Es subrogatoria: el retrayente puede ser el mismo comprador sin la necesidad de realizar nuevos actos jurídicos.

Es limitada su: plazo, carácter personalísimo, área de contratación determinada

CLASES

según León Barandiarán: el de abolengo o de sangre, gentilicio, el de comunidad nominal, el de propietarios colindantes.

Retracto ocupa el sitio del comprador y queda
sujeto,por ende, a las mismas obligaciones.