ES UN CONJUNTO DE NORMAS Y PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE SE DERIVAN DE LA PROPIA NATURALEZA Y DE LA RAZÓN HUMANA.
CARACTERISTICAS:
ES VALIDO Y BUENO.
ES JUSTO.
NO ES ESCRITO.
ES INMUTABLE Y UNIVERSAL.
NECESITA DEL DERECHO POSITIVO PARA OBTENER EFICACIA.
DIFERENCIA:
DESIGNA EL ORDEN JUSTO POR SI MISMO.
POSEE VALIDEZ Y EFICACIA JURÍDICA POR SI MISMO.
RECONOCE LOS DERECHOS.
ES UNA DOCTRINA ÉTICA Y JURÍDICA QUE POSTULA LA EXISTENCIA DE DERECHOS FUNDAMENTADOS O DETERMINADOS EN LA NATURALEZA HUMANA.
ES AQUELLA CORRIENTE DE ORDEN FILOSOFICA - JURIDICA.
DEFIENDE LA EXISTENCIA DE UN DERECHO ANTERIOR A CUALQUIER NORMA JURIDICA POSITIVA.
VARIOS FILÓSOFOS EXPLICAN QUE LAS LEYES POSITIVAS DEBEN CUMPLIR Y RESPETAR EL DERECHO NATURAL DE LAS PERSONAS.
DEBEN RESPETAR CIERTOS DERECHOS QUE SON INHERENTES AL SER HUMANO QUE A SU VEZ SON INALIENABLES.
SU VIOLACION DEBE SER CASTIGADA POR TRATARSE DE UNA VIOLACION DEBE SER CASTIGADA POR TRATARSE DE UNA VIOLACION DE UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS SERES HUMANOS.
Natural, por su parte, es lo que está vinculado a la naturaleza. Este término tiene múltiples significados y puede referirse a lo esencial de un ser, al conjunto de los fenómenos físicos y elementos del mundo terrenal y a la cualidad de algo, entre otras cosas.
El derecho natural no puede ser definido con precisión, ya que su concepción ha variado a lo largo de la historia. Por lo general, el derecho natural es fundamentado en un ente abstracto natural que resulta superior a la voluntad de las personas.
En concreto podríamos establecer que el Derecho natural es el conjunto de normas que los seres humanos deducimos o establecemos a partir de nuestra propia conciencia y que son los que priman y se determinan como justicia en un momento histórico determinado.
Es habitual que siempre se contraponga el derecho natural a lo que se da en llamar derecho positivo. Este último se establece que sólo se puede considerar como válido porque es el Estado el que le otorga la razón para ser elaborado, aplicado y también reconocido.
Pero además de ello se caracteriza porque existen una serie de órganos de gobierno que son los que arbitran el mismo y porque los valores que establece están claramente delimitados por lo que es la legalidad.
Es habitual que siempre se contraponga el derecho natural a lo que se da en llamar derecho positivo. Este último se establece que sólo se puede considerar como válido porque es el Estado el que le otorga la razón para ser elaborado, aplicado y también reconocido. Pero además de ello se caracteriza porque existen una serie de órganos de gobierno que son los que arbitran el mismo y porque los valores que establece están claramente delimitados por lo que es la legalidad.
Los derechos naturales son inalienables y universales, ya que ningún ser humano puede privar a otro de su goce y ninguna persona puede decidir prescindir de ellos. Esto hace que la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano sea la carta encargada de recoger y proteger los derechos que derivan del derecho natural.
Derecho natural, que está formado por los postulados acerca de la justicia que se inspiran en la condición natural del hombre.
Estos principios buscan materializarse a través del derecho positivo o efectivo.
Que está formado por las leyes dictadas por el Estado.