La jornada laboral y el salario
Jornada laboral
Es el tiempo que el trabajador dedica a la realización de su actividad laboral.
Ordinaria
40 horas semanales de promedio en cómputo anual.
Regular
Todas las semanas se realiza el mismo numero de horas ordinarias, sin superar las 9 horas diarias de trabajo.
Irregular
La duración de la jornada semanal varía, pudiendo superar las 9 horas diarias de trabajo efectivo, excepto en el caso de los menores de 18.
Horario
Es la distribución de periodos de trabjo y de descanso, con indicación del momento inicial y final.
Tipos de horario
Contínuo
El tiempo diario de trabajo se organiza sin interrupciones.
Partido
El tiempo de trabajo se divide en dos o másfracciones, con una interrupción de 1 hora como mínimo entre una y otra.
Rígido
La hora de comienzo y fin del trabajo diario está preestablecido.
Flexible
Cada trabajador pide iniciar y terminar la jornada dentro de unos márgenes, respetando la duración de la jornada.
Trabajo nocturno y a turnos
Horario nocturno de trabajo es aquel que se realiza de 10 de la noche a 6 de la mañana.
El trabajo a turnos es aquel que implica organización de las tareas de la empresa a través de la cual distintos trabajadores ocupan e mismo puesto de trabajo de manera sucesiva en horas distintas.
Topic principal
Horas extraordinarias
Son la horas de trabajo que se realizan por encima de la jornada máxima ordinaria legal o pactada.
Estructurales
Están pactadas en contrato o en el convenio.
Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento de la actividad
No estructurales
Son voluntarias para el trabajador
De fuerza mayor
Son necesarias para prevenir un daño que pueda producirse sobre las personas o sobre la empresa
Son obligatorias para el trabajador
Pueden pagarse en dinero o compensarse co tiempo de descanso
No computan a efectos de las 80 horas extraordinarias máximas legales permitidas al año
Descansos
Anual
30 días naturales de vacaciones al año
El periodo de disfrute se acordará entre el empresario y el trabajador, que tendrá derecho a conocerlo con 2 meses de antelación
Son vacaciones retribuidas e irrenunciables
Semanal
Un día y medio para los mayores de 18 años
Acumulables por periodos de 14 días
2 días para los menores de 18 años
Descanso diario: Mínimo 12 horas entre jornadas
Durante la jornada
15 minutos para los mayores de 18 años que trabajen más de 6 horas de forma continua
30 minutos para los menores de 18 años que trabajen mas de 4 horas y 30 minutos de forma continua
Permisos retribuidos
Los permisos retribuidos deben avisarse con antelación y justificarse al empresario
Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho: 15 días
Por exámenes prenatales: El tiempo indispensable
Por nacimiento de hijo/a: 2 días o 4 si hay que desplazarse
Por lactancia de un menor de 9 meses: Reducción de media jornada o una hora que podrá dividirse en dos fracciones
Por enfermedad, hospitalización, intervención quirúrgica o fallecimiento de un pariente hasta 2º grado: 2 días o 4 si hay que desplazarse
Por traslado de domicilio: 1 día
Por cada 3 meses de desplazamiento del trabajador fuera de su residencia: 4 días laborales de estancia en su domicilio
Por cumplimiento de un deber inexcusable: El tiempo endispensable
Por exámenes de colegio: El tiempo indispensable
Por realización de funciones sindicales o representación del personal: Los periodos establecidos en ley o convenio
Durante el preaviso de un despido objetivo: 6 horas semanales para buscar otro trabajo
Reducción de jornada
Por nacimiento de hijos prematuros: El trabajador tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante 1 hora y a reducir su jornada hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional del salario
Por cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave: El trabajador tendrá derecho a una reducción de la mitad de su jornada, con la disminución proporcional del salario.
Por guarda legal: De un menor de 12 años o un pariente de hasta 2º grado por afinidad y que no desempeñe actividad retibuida, el trabajador tendrá derecho a reducir su jornada de trabajo entre 1/8 como mínimo y 1/2 como máximo, con la disminución proporcional del salario.
Las víctimas de violencia de género: Para su protección o asistencia, pueden reducir la jornada, con reducción proporcional del salario y adaptar.