Ley 5 del 11 enero de 2007

Articulo5: Definiciones

1 Actividad Industriales

Comprende industrias manufacturesas

Ventas al por mayor al estado

artesanías caseras con menos de 5 trabajadores

2 autoridad publica competente

autoridad publica competente

3 aviso de operación

documento de avala la actividad comercial

4 comercial al por mayor

la prestación de servicio

las ventas al estado y a empresas

que no constituya comercial al por menor

5 comercio al por menor

la venta de bienes al consumidor

la agencia de empresas productoras o mercantil

cualquier otra actividad que la ley clasifique como tal

6 Numero de aviso de operación

es el numero y codigo que confirma la culminación del proceso

7 Panamá Emprende

sistema informativo administrado por el ministro y aviso del estado sobre el inicio de actividad comercial e industrial

Articulo6: Tasa de aviso

corresponde al municipio respectivo del lugar donde se ubique el establecimiento

Articulo6: Tasa de aviso

Articulo8: Proceso de aviso

debería contar con las aprobaciones correspondientes

deberá completar el registro de la actividad emprende panamá

debe pagar todo lo requerido para la apertura de empresas por el sistema

El sistema panamá emprende le evitara al interesado un numero de aviso de operación

Articulo 1: Aviso de operación

toda persona natural o juridica tiene derecho a obtener una aviso de operación

Es el unico proceso requerido para iniciar una actividad comercial

La autoridad competente es el MICI

Debe contener la información necesaria y al finalizar se debe imprimir

Articulo3: Validez de aviso de operación

tiene validez jurídica y reposa en el sistema de Panamá Emprende

debe contener una declaración jurídica

Articulo4: Actividades Expectuadas

agrícola, ganadería, Apícola, Acuiola, Avícola y agroforestal

elaboración y venta de artesanía con menos de 5 trabajadores

actividades sin fines de lucro

ejecución de profesionales liberales: servicio de abogado de manera personal