Ley de Reforma Agraria
objetivos esenciales de la reforma
abolir la servidumbre y esclavitud
Desarrollar la economía capitalista campesina y
la economía capitalista de la agricultura en general
Dotar de tierra a los campesinos, mozos, colonos
y trabajadores agrícolas que no la poseen, o que poseen
muy poca
Introducir nuevas formas de cultivo, dotando en
especial a los campesinos menos pudientes, con ganado de laboreo. fertilizantes, semillas y asistencia técnica necesaria
procedimiento para solicitar tierra
campesino denuncia la tierra al comité agrario local
el comite agrario recibe la denuncia y la traslada al departamento agrario nacional
autoriza la tierra en usufructo máximo de 25 manzanas
órganos de reforma agraria
organismo ejecutivo
departamento agrario nacional
banco de Guatemala
bienes afectables
las tierras en erial
las tierras no cultivadas directamente o por cuenta de los propietarios de ellas.
las tierras dadas en arrendamiento y cuya deuda se paga en especie o en trabajo
Las fincas del Estado denominadas "Fincas Nacionales"
o los bienes inmuebles rústicos nacionales salvo
las excepciones de ley
bienes no afectables
los inmuebles rústicos menores de dos caballerias que esten o no cultivados
las tierras de las comunidades indígenas o campesinas
La propiedad territorial de los capitalistas en la
que éstos tengan asentadas sus empresas agrícolas con
cultivos técnicos o económicos, cuya producción esté destinada a satisfacer las necesidades del mercado interno o externo
Las reservas forestales de ley; el proyecto señala las reservas para sus efectos
forma de pago a los propietarios
bonos de la reforma agraria segun lo estipulado en el articulo 46 del decreto 900
Plazo máximo de los bonos: veinticinco años
Pagaderos a su vencimiento
Tasa de interés 3% anual, pagadero por anualidades
vencidas
valor de la matricula de las tierras del 9 mayo 1952