Licencia y/o transmisión de derechos de propiedad industrial.
Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.
Transmisión de Derecho.
Cuando se quiere ceder los derechos de tu marca a otra persona, solicita la inscripción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), presentando el documento donde conste la transmisión de los derechos de la misma.
¿Cómo se solicita?
La solicitud debe ser presentada por escrito, y tiene que tener los siguientes datos:
Nombre y nacionalidad del solicitante.
Mencionar si el solicitante es el inventor o sólo es su causahabiente.
Nombre y nacionalidad del inventor.
Nombre, teléfono y domicilio del apoderado.
Número del registro general de poderes.
Título o denominación de la invención.
Fecha de la divulgación previa.
Si la solicitud es una divisional, proporcionar los datos.
Datos de la prioridad reclamada.
Nombre y firma del solicitante y su apoderado.
Lugar y fecha.
Causas de emergencia
Existirá causa de emergencia o seguridad nacional, cuando una enfermedad grave sea declarada de atención prioritaria par el Consejo de Salubridad General, supuesto en el cual el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial determinara que la explotación de ciertas patentes se haga mediante la concesión de licencias de utilidad pública,
o en los casos en que de no hacerlo así, se impida, entorpezca o encarezca la producción, prestación o distribución de satisfactores básicos o medicamentos para la población.
Explotación
La persona física que realice una invención, modelo de utilidad o diseño industrial, o su causahabiente, tendrán el derecho exclusivo de su explotación en su provecho, por sí o por otros con su consentimiento.
El titular podrá recibir regalías por concepto de la explotación de su invento por un tercero.
¿Cuándo procede la cancelación?
La cancelación de la inscripción de una licencia procederá en los siguientes casos:
Cuando la soliciten conjuntamente el titular de la marca y el usuario a quien se le haya concedido la licencia;
Por nulidad, caducidad o cancelación del registro de marca, o cuando se trate de marcas en trámite y no se obtenga el registro de las mismas, y
Por orden judicial.