Los principios cambiarios

Los principios cambiarios

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Los Títulos de Crédito están sujetos a ciertos principios fundamentales los cuales fijan sus caracteres esenciales.

El principio de la Literalidad

El principio de la Literalidad

Los límites del derecho incorporado al título están determinados por el tenor literal de éste.

Los derechos del tenedor se rigen por el texto del documento y lo que no conste en él no se le puede oponer.

El principio de la autonomía

El principio de la autonomía

El documento es autónomo

El nuevo tenedor en debido curso tiene un derecho que es propio

El tenedor en debido curso adquiere el documento a titulo originario y no a titulo derivativo.

Aparece consagrado en el art. 57 de la Ley sobre Documentos Negociables

Se crea la figura privilegiada del tenedor en debido curso

Asigna los derechos y prerrogativas de que goza

El Principio de la Incorporación

El Principio de la Incorporación

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El derecho se encuentra de tal suerte incorporado al título que sin éste aquél no puede ser ejercido.

El derecho se encuentra de tal suerte incorporado al título que sin éste aquél no puede ser ejercido.

Nadie puede hacer valer el derecho si no detenta el título y todo el que detente el título está habilitado para hacer valer e

Nadie puede hacer valer el derecho si no detenta el título y todo el que detente el título está habilitado para hacer valer el derecho.

Es en virtud de la incorporación del derecho al título que el derecho en éste representado va a circular sin que se requiera

Es en virtud de la incorporación del derecho al título que el derecho en éste representado va a circular sin que se requiera desplazamiento material de los bienes sobre los cuales recae el derecho.

El Principio de Legitimación

legitimación Activa.

legitimación Activa.

El tenedor del documento se presume con facultad bastante para ejercer el derecho incorporado al título.

El tenedor de un título al portador será considerado con derecho bastante para reclamar su pago.

Legitimación Pasiva.

Legitimación Pasiva.

El deudor que paga de buena fe recibiendo el título de manos del tenedor se libera de la obligación.

Los Títulos de Crédito están sujetos a ciertos principios fundamentales los cuales fijan sus caracteres esenciales.

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Los Titulos de Crédito están sujetos a ciertos principios fundamentales los cuales fijan sus caracteres esenciales.