MARCO LEGAL DE LA CAPACITACIÓN
Artículo 2 (Apartado B fracción II)
Las autoridades gubernamentales tienen la obligación de garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior.
Artículo 18 (Segundo párrafo
El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley.
Artículo 123, Fracción XIII
Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación.
Artículo 153-A (Capítulo III Bis)
Capacitación obligatoria, con personal especializado, formulados respecto de la empresa o actividad determinada, dentro de la organización (o donde se acuerde por ambas partes).
Contitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Federal del Trabajo
Artículo 153-E Comisiones mixtas de capacitación y adiestramiento.
Obligatorio para empresas con mas de 50 trabajadores (instrumentar, proponer, vgilar y resolver)
Artículo 153-H
Periodos no mayores a dos años, comprender todos los puestos y niveles de la organización, precisar etapas y adiestramiento a todos los trabajadores, establecer procedimiento de selección, basado en normas técnicas de competencia laboral.
Artículo 391, puntos VII, VIII y IX
-Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa oestablecimientos que comprenda;
-Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento;
-Las bases sobre la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley