MARCO NORMATIVO REFERENTE A LA CALIDAD DEL AIRE.

Se definen los siguientes niveles de alerta, de alarma y de emergencia en lo referente a la calidad del aire. Cada uno de los tres niveles será declarado por la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental cuando uno o más de los contaminantes criterio indicados exceda la concentración

4.1.3.2

NTE INEN 2207

Toda fuente móvil de diésel que se importe o se ensamble en el país no podrá emitir al aire monóxido de carbono, hidrocarburos, óxidos de nitrógeno y partículas en cantidades superiores

6.1.1

Toda fuente móvil con motor de diésel, en condición de aceleración libre no podrá descargar al aire humos en cantidades superiores

6.3.1

Ciclo ECE-15+EUDC es el ciclo de prueba dinámico establecido por la unión Europea para los vehículos livianos y medianos de gasolina o diésel.

3.6.1

Metodología para el desarrollo del Plan Nacional de Calidad del Aire

Este plan ha sido desarrollado con un enfoque integrador, ajustado a las características legales, territoriales y operativas del país, lo que permitirá la toma de decisiones mediante la utilización de dos componentes: un componente táctico enfocado al corto plazo, y un componente estratégico enfocado a mediano y largo plazo.

Esta norma establece los límites máximos permisibles de concentraciones de
contaminantes comunes, a nivel del suelo, en el aire ambiente.

CONCEPTO

La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental verificará, mediante sus respectivos programas de monitoreo, que las concentraciones a nivel de suelo en el aire ambiente de los contaminantes criterio no excedan los valores estipulados en esta norma. Dicha entidad queda facultada para establecer las acciones necesarias para, de ser el caso de que se excedan las concentraciones de contaminantes criterio y no convencionales del aire, hacer cumplir con la presente norma de calidad de aire.

4.1.1.4

La responsabilidad del monitoreo de las concentraciones de contaminantes en el aire ambiente recaerá en la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental.

4.1.1.5

La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada ante el Sistema Único de Manejo Ambiental establecerá sus procedimientos internos de control de calidad y aseguramiento de calidad del sistema de monitoreo de calidad del aire ambiente en la jurisdicción bajo su autoridad

4.1.1.8

Topic principal

La Autoridad Ambiental Nacional promoverá el desarrollo y establecimiento de un sistema nacional de acreditación para redes de monitoreo de aire ambiente en coordinación con el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE).

4.1.1.9