MEDIOS Y METODOS DE COMBATE

4. CONSIDERACIONES PARA EL TRATO A LOS PRISIONEROS DE GUERRA Y A LA POBLACIÓN CIVIL

Las mujeres deben ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo

Los prisioneros de guerra tienen derecho, en todas las circunstancias, al respeto de su persona y de su honor.

ART. 27

ART. 26

ART. 16

ART. 15

ART.14

ART.13

5. PROTECCIÓN DEL EMBLEMA Y LOS BIENES CULTURALES

La protección y el respeto de los bienes culturales son cruciales para la reconstrucción una vez terminado el conflicto armado

Contribuye a preservar, en el largo plazo, la dignidad de las víctimas del conflicto, así como de las comunidades y las sociedades a las que pertenecen

3. ZONAS PROTEGIDAS, EXCLUSIVAS Y/O SIMILARES Y BIENES PARTICULARMENTE PROTEGIDOS

1.- El DIH protege a las personas que no toman parte en las hostilidades, como son los civiles y el personal médico y religioso. Protege asimismo a las personas que ya no participan en los combates

ejemplos

combatientes

naufragos

enfermos

prisioneros de guerra

2.- El DIH prevé, asimismo, algunos signos distintivos que se pueden emplear para identificar a las personas, los bienes y los lugares protegidos.

Se trata principalmente de los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja, así como los signos distintivos específicos de los bienes culturales y de la protección civil.

1. MEDIOS DE COMBATE

Los miembros de las FF.AA no deben hacer modificaciones en las armas y municiones cuya finalidad no sea a la que esté prevista, ya que el objetivo principal en un combate es el de debilitar y neutralizar al enemigo

El DIH distingue en cuanto a la regulación de las condiciones de empleo del armamento y el establecimiento de prohibiciones específicas, entre armas convencionales y armas de destrucción masiva, en cuya categoría se comprenden las armas nucleares, biológicas y química

Se incluye también otro tipo o concepto de armas, producto de los avances tecnológicos, como las armas radiológicas o no letales. Por su singularidad, haremos una especial referencia al arma nuclear. Los bienes protegidos se encuentran citados en el artículo 1 de este tratado

2. MÉTODOS DE COMBATE PERMITIDOS, PROHIBIDOS Y DE USO RESTRINGIDO E INFRACCIONES CONTRA EL D.I.H

1.- MÉTODOS PERMITODOS

1.- ESTRATAGEMAS

Actos que tienen por objeto inducir a error a un adversario o hacerle cometer imprudencias, pero que no infringen ninguna norma de derecho aplicable a los conflictos armados ni son pérfido.

2.- GUERRA PSICOLOGICA

Conjunto planificado y coordinado de actividades de propaganda, cuya finalidad es influir en la opinión pública y en la actitud de la población civil y miembros de FF.AA.

2.- MÉTODOS PROHIBIDOS

1.- PERFIDIA

Consiste en cometer un acto hostil bajo la cobertura de una protección legal.

2.- EMPLEO DE SIGNOS Y SEÑALES

Los signos, señales y distintivos que están prohibidos de utilizar en forma distinta al que fueron creados son:

a) Del servicio sanitario.
b) De protección civil.
c) El signo distintivo de los bienes culturales.
d) De obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas.
e) La bandera blanca (bandera de parlamento).
f) De la Cruz Roja y equivalentes.

3.- EMPLEO DE BANDERAS Y EMBLEMAS

Está prohibido el empleo de las banderas, los emblemas o los uniformes de Estados neutrales (Art. 38.1 I PA).
a) Movimientos encubridores
b) Guerra sin cuartel
c) Técnicas de modificación ambiental
d) Hambre y terror
e) Uso de medios antidisturbios

3.- MÉTODOS DE USO RESTRINGIDOS

1. Emblemas de nacionalidad de Estados enemigos
2. Emblema de las Naciones Unidas
3. Ataques al enemigo fuera de combate
4. Bienes indispensables para la supervivencia
5. Represalias