NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓN RELIGIOSA ESCOLAR
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
Artículo 18
Se garantiza la libertad
de conciencia
no los obligaron a revelar
estas creencias
ni se vieron obligados a actuar
en contra de su conciencia.
Artículo 19
Se asegura la libertad
de cultos.
además
Cree libremente en su
religión y difúndala
Todas las confesiones
La religión y la iglesia
son igualmente libres
ante la ley.
Artículo 68
Los padres tienen derecho a elegir
el tipo de educación Sus hijos
En las instituciones del estado
nadie está obligado Recibe
educación religiosa
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
(Ley 115 de 1994)
Artículo 24.
Educación religiosa.
Garantizar el derecho a recibir
educación religiosa
para esto
Las instituciones educativas
establecerán tales
contando con la
libertad de religión y derecho
a la elección padres
En cualquier caso, la educación religiosa
se llevará a cabo de acuerdo con la ley.
Artículo declarado Exequible
por la Corte Constitucional
según
Sentencia de Constitucionalidad
555 de 1994
LEY DE LA LIBERTAD RELIGIOSA
Y DE CULTOS
(Ley 133 de 1994)
Artículo 2.
Ninguna iglesia o
denominación religiosa
no se considerara
oficial o estatal
Pero El país no es ateo
o indiferente a los
sentimientos
religiosos de los colombianos
Artículo 6.
La libertad de religión y creencias
garantizada por la Constitución incluye
La autonomía jurídica resultante
y la ausencia de coacción
los derechos de todos Gente
Elija usted mismo y los padres de
menores o discapacitados
Dependencia del medio ambiente
dentro y fuera de la escuela
de acuerdo con su propia
religión y educación moral.
Con este fin
las instituciones educativas
proporcionarán
una
educación religiosa y Según las
enseñanzas de su religión
No será enseñado El
comportamiento legal y ético
puede
reflejarse en el comportamiento
de admisión
de estudiantes
mayores de edad
La Constitución Política de Colombia entró en vigencia el 4 de julio de 1991.
se definió que
el Estado no es confesional y se reconoció que todas las iglesias y confesiones religiosas son iguales ante la ley
cabe mecionar
explícitamente la enseñanza de la
educación religiosa en el entorno escolar
único interés es inspirar a
los estudiantes y tutores
tengan conocimiento de sus alcances
y actúen conforme a ellos.
DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO
DEL SECTOR EDUCACIÓN
Libro 2:
RÉGIMEN REGLAMENTARIO
DEL SECTOR EDUCATIVO
Parte 3:
REGLAMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN
PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA
Título 3:
Prestación del Servicio Educativo
Capítulo 4:
Contenidos Curriculares Especiales
Sección 4:
Educación religiosa.
Artículo 2.3.3.4.4.1.
Ámbito de aplicación
Esta sección regula
el desarrollo
del área Colegios de
educación religiosa
que brindan educación formal en
las escuelas Niveles de educación
preescolar
básica
secundaria
Decreto No. 4500 de 2006, artículo 1
Artículo 2.3.3.4.4.2.
El área de educación religiosa
las instituciones educativas
que brindan
educación formal ofrecerán
dentro del plan de estudios
en el área de la educación religiosa
como obligatoria y básica
definida por el Proyecto
educativo institucional
sujeto a
el artículo 68 de la Constitución, 23
y 24 de la Ley 115 de 1994
la Ley 133 de 1994.
(Decreto 4500 de 2006, artículo 2)
Artículo 2.3.3.4.4.3.
Desarrollo y contenido del área
El punto mencionado
en el artículo anterior
se determina teniendo en
cuenta la educación religiosa
Se basa en una
concepción integral de la persona
sin desconocer su dimensión
teniendo en cuenta tanto los aspectos
académicos como educativos
Decreto 4500 de 2006, Artículo 3
Artículo 2.3.3.4.4.4.
Evaluación
Formará parte del
informe regular
y del
informe de desempeño
general Estudiantes
Si no participa en la
educación religiosa
recibirá Sobre esta base se evaluarán planes
alternativos que deban preverse en el IEP.
según la
(Decreto 4500 de 2006, artículo 4)
Artículo 2.3.3.4.4.5.
Libertad religiosa
Los estudiantes ejercen su libertad
Al elegir si acepta la educación religiosa
ésta decisión debe ser aprobada
por el
padre o tutor
Estudiantes mayores de edad
Reconocer y participar en la oración,
la adoración y otras actividades.
El derecho a recibir asistencia religiosa y
personas que no afirman tener creencias
Puede optar por no participar
Las actividades deben realizarse
según
el artículo 6 y artículo 8 de
la Ley 133 1994
y estipula las disposiciones del
convenio de conformidad con el
artículo 15 de la ley.
Decreto 4500 de 2006, artículo 5
Artículo 2.3.3.4.4.6.
Docentes.
Debe realizar asignaciones
académicas de educación religiosa
profesores que hayan estudiado
este campo Certificado
Artículo 6 de la Ley 1 de 1994.
la enseñanza religiosa o proporcionando
educación religiosa para intereses específicos
según la ley
(Decreto 4500 de 2006, artículo 6)
Artículo 2.3.3.4.4.7.
Plantas de personal.
La entidad regional destinará el siguiente
número de docentes a las instituciones
así mismo
El tiempo requerido para la educación religiosa
se basa en la respectiva intensidad horaria
por otra parte
Proyectos de educación institucional
Tendrá en cuenta la relación
entre alumnos y profesores
en el
Decreto 3020 de 2002
adopta el método de
compilación de este
Decreto
4500 de 2006,
artículo 7
Artículo 2.3.3.4.4.8.
Deberes de los padres de familia.
Los padres pasan Instituciones
participantes previstas
por el
Decreto 1286
velarán por que se imparta
educación religiosa en la zona
Según el
"Plan Educativo Institucional"
Decreto 4500 2006, artículo 8
DIRECTIVA MINISTERIAL NRO. 002
05 de febrero de 2004
La educación religiosa debe impartirse
en todas las instituciones educativas
Según
la Ley 115 de 1994
se define como una
área de Conocimientos y
formación obligatorios
Los padres tienen derecho a elegir
el tipo de educación religiosa
El país está obligado a que reciban una
educación de acuerdo con sus creencias
De acuerdo con
la Ley 133 de 1994
artículo 19 de la Constitución Política
la ley estatutaria y el Culto
se garantiza la libertad religiosa
de los estudiantes
así mismo que Proporcione educación
incluso si no se ajusta a su credo.
La evaluación
será parte del informe
En cualquier caso, no habrá lugar
para ningún Discriminación
contra quienes optan por no
participar en la educación religiosa