Conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones entre los comerciantes y los particulares
La Costumbre
La Ley
Hace parte del derecho escrito y es de carácter coercitivo.
Se consolida por las practicas y uso hasta convertirse en obligatoria.
La Intermediación.
El Ánimo de Lucro.
La Habitualidad.
Es el intercambio de productos o servicios entre el comerciante y el particular.
Es el resultado que genera la ganancia o utilidad en el intercambio realizado.
Significa que la actividad debe ser de forma constante o cambiante.
El Comerciante.
Matricula en Registro Mercantil.
Llevar Contabilidad.
Evitar Competencia Desleal.
Es el registro que deben hacer los comerciantes (personas naturales y jurídicas) y los establecimientos de comercio en las cámaras de comercio con jurisdicción en el lugar donde van a desarrollar su actividad y donde va a funcionar el establecimiento de comercio para dar cumplimiento a una de las obligacionesrcambio realizado.
Además de llevar el registro de operaciones de la empresa, es un medio de prueba oponible a terceros, siempre que se lleve en debida forma.
Se considera desleal toda conducta que tenga como objeto o como efecto desviar la clientela de la actividad, prestaciones mercantiles o establecimientos ajenos, siempre que sea contraria a las sanas costumbres mercantiles o a los usos honestos en materia industrial o comercial.