P.A.I.S
Politica Integral de Atencion en Salud
Su objetivo
Es orientar el Sistema para mejores condiciones de la salud de la población.
(Ley 1751, Estatutaria de Salud), para así
garantizar el derecho a la salud, de acuerdo a la Ley Estatutaria 1751 de 2015.
En la Ley Estatutaria esa acción regulatoria se dirige hacia garantizar un acceso
integral y equitativo, mediante la conjunción de los objetivos, procesos de atención
y mecanismos financieros en el bienestar del individuo y la preservación de su mejor
estado de salud.
Marco estratégico
debe contener las estrategias e instrumentos que permitan la transformación del modelo institucional de la Ley 100 de 1993.
DETERMINANTES SOCIALES
Entidades administradoras de planes de beneficios-EAPB
Entidades territoriales
Gestion de la salud publica
Donde el estado reconoce que los problemas de salud son
generados o potenciados por las condiciones ambientales, sociales , culturales, políticas, económicos, educacionales, de hábitat y genéticos que afectan a las poblaciones en los diferentes ámbitos territoriales que conforman la nación.
estrategias centrales del PAIS
La atención primaria en salud con enfoque de salud
familiar y comunitaria
ORDENADORES DE LAS ATENCIONES
Entornos, destinatarios, momentos del curso de vida.
LEY ESTATUTARIA DE LA SALUD
El legislador deberá definir procesos para su intervención y su abordaje se considera intersectorial, financiado con recursos diferentes a los destinados a proveer servicios.
Se comprende como el conjunto de acciones coordinadas, complementarias y efectivas para garantizar el derecho a la salud, expresadas en políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y servicios, que se materializan en atenciones dirigidas a las personas, familias y comunidades para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos.