PRINCIPIOS JURIDICOS
Los principios son una garantia de derechos . Las obligaciones concretas ,las prohibiciones ,sanciones ,competencias y otros nacen de la ley (en algunos casos de la voluntad )
PROTECCIÓN AL TRABAJO
La seguridad en el trabajo es la disciplina encuadrada en la
prevención de riesgos laborales cuyo objetivo es la aplicación de medidas y el desarrollo de las
actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo
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IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES
La igualdad de oportunidades laborales promueve la equidad en el lugar de trabajo, los empleadores están obligados por ley a mantener un lugar de trabajo diverso no discriminando a los solicitantes o empleados
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IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS LABORALES
Las normas de carácter laboral son esencialmente de orden público, razón por la cual los derechos y garantías reconocidos a los trabajadores tienen carácter de irrenunciables.
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CONCILIACION Y TRANSACION DE DERECHOS
Es valida la transacción en los asuntos del trabajo, salvo cuando se tarte de derechos ciertos e indiscutibles. CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO ART. 15. Mediante la conciliación y la transacción, figuras perfectamente validas, las partes dan por terminado un litigio pendiente o precaven uno eventual.
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FAVORABILIDAD AL TRABAJADOR
El principio en referencia solo tiene cabida
cuando se presentan conflictos o dudas sobre la aplicación de una norma vigente. Se consagro en nuestra legislación laboral un articulado para protegerlo
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ACCIÓN DE TUTELA Y PRESTACIONES LABORALES
La acción de tutela solo opera
cuando no hay otro medio judicial para obtener la defensa del derecho en cuestión.
Sin embargo, la corte ha aceptado la viabilidad de la tutela en materia de prestaciones laborales en casos de excepción, para evitar que se produzca un perjuicio irremediable
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