Proceso Ordinario
Demandas Relativas
Tutela de derechos
fundamentales
Impugnación de
acuerdos sociales
Competencia desleal
Propiedad intelectual
Propiedad industrial
Publicidad
Demandas cuya
cuantía supere los
50,000 Lps.
El procedimiento se
inicia mediante demanda
Todos los requisitos
Articulo 424
a) La designación precisa precisa
del Tribunal ante el que se interpone y en la
suma del escrito la indicación de la vía procedimental que corresponde a la demanda
b) El nombre del demandante, sus datos de identidad y dirección domiciliaria
c) El nombre y dirección domiciliaria o de la
oficina del profesional del derecho.
d) El nombre del demandado y su domicilio si fuere conocido
e) Los hechos en que se funde la petición
f) la Fundamentación jurídica de la petición
El juez emitirá una
resolución por la que
declara la admisión de
la demanda
Procederá a su notificación
a la otra parte en el termino
de 30 días
Una vez contestada el
juez citara a las partes
a una comparecencia
Acompañados del
Abogado
Etapa de conciliación
inicialmente
Si existe acuerdo, el
juez lo recogerá en una
Acta Judicial de conciliación
En caso que no se
alcance acuerdo
Las partes subsanaran
cualquier defecto posible
Proposición de pruebas
Evacuación de pruebas