PROHIBICIÓN DE OPCIÓN

Un perjuicio, en teoría no puede tener dos fuentes al mismo tiempo (la inejecución de un contrato y la extracontractualidad)

El tipo de responsabilidad a elegir se determina por los hechos del caso, y puede ser elegido por el demandante. Estas pueden ser:

Responsabilidad contractual

Responsabilidad extracontractual

Caracteristicas

Prohibición de cobrar dos veces el mismo daño

Prohibición de integrar un hibrido con las dos responsabilidades

Prohibición a los herederos de pasajero fallecido

Acción contra un responsable contractual y otro extracontractual

En caso de muerte respecto de los sucesores

Los herederos de una victima fallecida puede ser titular de dos acciones

Acción hereditaria

Contractual

Extracontractual

Acción personal de responsabilidad extracontractual

Excepciones

Incumplimiento del contrato tipificado como delito penal

Acción del subadquirente contra el deudor inicial