PROHIBICIÓN DE OPCIÓN
Un perjuicio, en teoría no puede tener dos fuentes al mismo tiempo (la inejecución de un contrato y la extracontractualidad)
El tipo de responsabilidad a elegir se determina por los hechos del caso, y puede ser elegido por el demandante. Estas pueden ser:
Responsabilidad contractual
Responsabilidad extracontractual
Caracteristicas
Prohibición de cobrar dos veces el mismo daño
Prohibición de integrar un hibrido con las dos responsabilidades
Prohibición a los herederos de pasajero fallecido
Acción contra un responsable contractual y otro extracontractual
En caso de muerte respecto de los sucesores
Los herederos de una victima fallecida puede ser titular de dos acciones
Acción hereditaria
Contractual
Extracontractual
Acción personal de responsabilidad extracontractual
Excepciones
Incumplimiento del contrato tipificado como delito penal
Acción del subadquirente contra el deudor inicial