PROTECCION DE DATOS PERSONALES
DATO PERSONAL
Es cualquier información relacionada con la persona.
Pueden ser de tres tipos:
Datos Intimos
Le interesa únicamente a la persona sobre la que recae la información.
Datos semi privados
Solo le interesan al titular y aun grupo determinado de personas
Datos Públicos
Son de interés general
HABEAS DATA
Facultad de todos los ciudadanos de conocer, ratificar y eliminar la información que se haya recogido sobre nosotros.
Ley 1581 de 2012
El ámbito de aplicación se encuentra definido en el articulo 2, el cual sera todo el territorio Colombiano.
a. A las bases de datos o archivos mantenidos en ámbito personal o domestico.
b. Al las Bases de Datos y archivos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional.
c. A las bases de datos que tengan como fin y contengan información de inteligencia y contra inteligencia.
d. A las bases de datos y archivos de información periodística y otros contenidos editoriales.
CATEGORÍAS ESPECIALES
DATOS SENSIBLES
Afectan a la intimidad del titular o cuyo
indebido puede generar discriminación.
in
A. El titular haya dado autorización.
B. El tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del titular.
C. El tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legitimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, Etc.
D. El tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un proceso judicial.
E. El tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica.
DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Es potestad del Estado y
las entidades la protección
de datos personales y hacer un uso responsable de estos datos.
PRINCIPIOS RECTORES
Se aplicaran de manera armónica
e integral.
a. Legalidad en materia de tratamiento de datos.
b. Finalidad.
c. Libertad.
d. Veracidad o calidad.
e. Transparencia.
f. Acceso y circulación restringida.
g. Seguridad
h. Confidencialidad.