Recursos de ley (derecho administrativo)
tipos de recursos.
1. De reposición
2. De apelación
3. De queja
Los tres tipos de recursos mencionados anteriormente, son los que proceden contra un acto administrativo.
Caracteristicas.
en revocatoria la parte afectada inicia una petición ante la misma autoridad que dicto tal resolución.
la finalidad es que se deje sin efectos, se corrija, se aminore o se cambie, según solicita el recurrente.
en recurso de reposición la parte se cree afectada por un auto interlocutorio.
se debe poner en consideración con la autoridad administrativa que lo profirió.
en el recurso de apelacion, se cree perjudicada una resolucion judicial
se debe imponer para agotar la vía gubernativa.
el recurso de queja generalmente procede, cuando existe un rechazo en el recurso de apelacion
importante.
tener en cuenta la identificación, nombre, direccion del recurrente
correo para ser notificado
sustentar y explicar de manera clara y precisa los motivos de inconformidad.
imponer o establecerse dentro de los términos legales establecidos
terminos legales establecidos.
queja: 5 días, reposición y apelación: 10 días. (días hábiles, posteriores a la fecha de notificación)
¿que es?
es un medio que concede la ley procesal para la impugnación de las resoluciones
1. subsana los errores de fondo
2. subsana los vicios de forma en que se haya incurrido a dictarlas.